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El Gobierno prohibió el ingreso de nuevos empleados al sector público

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Alberto Fernández, a través de un decreto, prohibió el ingreso a nuevos puestos laborales en los entes públicos con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio en los que el Estado nacional tenga el control mayoritario del patrimonio o de la formación de las decisiones, al igual que las entidades públicas no estatales donde el Estado nacional tenga el control de las decisiones.

La medida fue puesta en vigencia a través del decreto 426/2022 que las entidades y jurisdicciones del sector público “no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza”.

La prohibición que comprende a distintas modalidades de designación y contratación aunque con una serie de excepciones focalizadas en el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, el cuerpo diplomático, guardaparques y el Sistema Nacional de Manejo del Fuego, como también profesionales de hospitales, personal penitenciario, de fuerzas armadas y de seguridad, entre otras.

Al enumerar qué tipo de contrataciones quedan congeladas, el decreto menciona “las designaciones a término en planta transitoria” según el artículo 30 del Convenio Colectivo de Trabajo para la Administración Pública Nacional; “las contrataciones previstas en el artículo 9° de la ley 25.164” (contrataciones por tiempo determinado para prestar servicios de carácter transitorio o estacional); como también “las contrataciones por tiempo indeterminado, a plazo fijo, a tiempo parcial y trabajo eventual”.

Otras modalidades de empleo que quedan restringidas son “las contrataciones para la prestación de servicios profesionales autónomos” para las que están facultados el jefe de Gabinete, ministros, secretarios de Estado y titulares de entidades descentralizadas y fondos nacionales; al igual que “las designaciones transitorias en cargos simples de planta permanente” y “las contrataciones de personal con o sin relación de dependencia” incluso bajo estatutos especiales o fuentes de financiamiento no presupuestarias.

El decreto 426/2022, publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Juan Manzur y la ministra de Economía Silvina Batakis, establece en sus consideraciones que “resulta adecuado adoptar diversas medidas con miras a garantizar un ejercicio eficiente y responsable del presupuesto nacional, en lo que hace a la contratación de personal”.

En ese tramo de la norma se especifica que las limitaciones que se fijan en el decreto “refieren a los regímenes de contratación” del personal que “presta servicios en el ámbito del Sector Público Nacional previstos en los incisos ‘a’ y ‘c’ del artículo 8° de la ley 24.156 de Administración Financiera”, lo que según dicha norma abarca, por un lado, a la Administración Central y los organismos descentralizados del Estado Nacional, incluyendo a las instituciones de la Seguridad Social.

Pero además, de acuerdo al inciso ‘c’ del artículo 8° de la ley 24.156, el alcance de la prohibición para designar y contratar personal nuevo incluye a los entes públicos con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio en los que el Estado nacional tenga el control mayoritario del patrimonio o de la formación de las decisiones, al igual que las entidades públicas no estatales donde el Estado nacional tenga el control de las decisiones.

El decreto 426/2022 prevé por otro lado la continuidad del Plan de Regularización del Empleo Público acordado con los gremios del sector en la paritaria de 2020, por resultar “indispensable para el efectivo desenvolvimiento de la Administración Pública”, y reconoce que esa iniciativa formó parte del decreto 668/2020, de agosto de ese año, en el que se homologó el acta acuerdo del Convenio Colectivo de Trabajo para la Administración Pública Nacional suscripta el 29 de mayo de 2020.


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Caputo anticipó que el nuevo acuerdo con el FMI será por USD 20.000 millones

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caputo fmi

El ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo, adelantó esta mañana que el nuevo acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) será por un total de 20.000 millones de dólares.

El anuncio, a forma de anticipo, se dio en el marco de una exposición que el funcionario estaba dando en la XXII Conferencia Anual sobre Regulación y Supervisión de Seguros de América Latina ASSAL IAIS 2025, desarrollada en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.

“El monto que nosotros acordamos con el staff que vamos a someter a aprobación del Board, ese monto es de USD 20 mil millones”, dijo Caputo.

Y agregó: “Estamos negociando también con el Banco Mundial, BID y CAF, un paquete adicional también de libre disponibilidad, siempre para reforzar las reservas del Banco Central”.

“Cuando uno ve las reservas brutas hoy y le suma lo que viene, el número va a subir al entorno a los 50 mil millones de dólares al final de la charla”, añadió el ministro, en medio de un clima de incertidumbres y presiones sobre el mercado cambiario.

En su exposición, Caputo también resaltó la “importancia” de este acuerdo para “fortalecer las reservas del Banco Central” y aseguró que la cifra final será presentada formalmente cuando el acuerdo llegue a la fase de aprobación por parte del directorio del FMI.

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Por decreto, modifican ley de tránsito: licencia, VTV y peajes

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El Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía modernizaron la Ley de Tránsito, una normativa con casi 30 años de antigüedad. A partir de ahora, la licencia de conducir será digital y los peajes sin barreras, entre los principales cambios.

Las medidas se oficializaron este martes a través del Decreto 196/2025 publicado en el Boletín Oficial con el objetivo de “agilizar trámites administrativos y reducir costos para los conductores”, tanto particulares como profesionales; simplificar los procesos de renovación del Sistema Nacional de Licencias de Conducir; implementar la licencia nacional digital; eliminar la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI) y permitir la incorporación de peajes sin barreras.

Un factor común es que al modificar una Ley Nacional, tanto las provincias como los municipios deberán decidir si adherirse o no a la normativa para que tenga validez en sus respectivas jurisdicciones. Sin embargo, desde el Ejecutivo resaltan que con estas medidas están “generando el marco apropiado para que quienes quieran, puedan hacerlo”.

Principales cambios

A partir de ahora, la licencia nacional de conducir será digital y válida en todo el país. Para su renovación los conductores presentarán un certificado de aptitud psicofísica de manera online, cada 5 años si son menores de 65 años, cada 3 años en mayores de 65 y anualmente después de los 70 años.

Desde la Agencia Nacional de Seguridad Vial aclararon que: “Estos cambios extienden la vigencia de la licencia profesional“.

Para los casos en que la persona posea antecedentes por infracciones graves, la revalidación requerirá también la aprobación del examen teórico práctico.

A su vez, los conductores principiantes seguirán utilizando el cartel identificatorio de su condición durante los primeros 6 meses de expedida la licencia y, de incurrir en faltas graves durante los primeros 2 años, se les suspenderá la licencia.

Tanto los cursos teórico-prácticos como los exámenes de aptitud psicofísica, necesarios al momento de la obtención de la licencia, podrán realizarse en forma descentralizada por prestadores públicos y/o privados, con estándares y exigencias previamente definidos por la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Los certificados podrán presentarse de manera online, agilizando y modernizando los procesos.

Por otra parte, se eliminó la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI). Las licencias nacionales de conducir de las clases C, D y/o E (profesionales) serán válidas para el transporte interjurisdiccional de cargas y pasajeros, siempre que sean emitidas por jurisdicciones autorizadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Cambios en la VTV

Respecto de los plazos para la realización de las revisiones técnicas, en vehículos 0km de uso particular, se extiende a 5 años a partir de la fecha de patentamiento inicial. En el caso de los 0km de uso no particular, tendrán que hacer su primera revisión en el plazo que establezca la jurisdicción local, y que no podrá superar el año. En vehículos usados de uso particular con hasta 10 años de antigüedad la revisión técnica tendrá una vigencia de 2 años y en los de antigüedad mayor a 10 años la vigencia será anual.

Peajes 

Otro cambio que moderniza el sistema es la implementación en todas las rutas nacionales del país de los peajes sin barreras, que no obstaculicen el tránsito vehicular. Para ello la Dirección Nacional de Vialidad deberá establecer un cronograma de implementación que prevea que, para junio de 2027, todas las rutas nacionales deberán contar exclusivamente con sistemas de cobro free Flow.

Finalmente, la normativa incluye el concepto de “vehículo autónomo”, estableciendo los requisitos obligatorios con diferentes niveles de automatización.

Trailers y casas rodantes

A partir de ahora, trailers y casas rodantes categoría O1 (acoplados, remolques y trailers para el traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar de hasta 750 kilos), podrán ser trasladados por cualquier vehículo y bastará con tramitar un solo Certificado de Seguridad Vehicular (CSV).

Antes, había que realizar este trámite por cada vehículo para asociarlo al trailer. Esto impactará en menores costos, ahorro de tiempo para los usuarios y menor burocracia.


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La inflación de febrero fue de 2,4% y en la región NEA de 1,9%

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La inflación de julio fue del 4%: la más baja desde enero del 2022

En la tarde de hoy, el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) dio a conocer los datos de la inflación correspondientes al segundo mes del año, la cual se ubicó en 2,4%, con lo que levemente superó el 2,2% registrado en enero y en doce meses los precios acumularon un alza del 66,9%. A su vez, la región del NEA tuvo el registro más bajo, siendo la única que perforó la barrera del 2%.

En términos generales, la división de mayor aumento fue Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles (3,7%), por subas en Alquiler de la vivienda y gastos conexos, y Electricidad, gas y otros combustibles. Le siguió Alimentos y bebidas no alcohólicas (3,2%), principalmente por incrementos en Carnes y derivados.

En tanto, la división que registró la mayor incidencia en todas las regiones fue Alimentos y bebidas no alcohólicas (3,2%), por los aumentos en Carnes y derivados, el gran traccionador para la aceleración del índice de precios al consumidor (IPC).

En contraste, las dos divisiones que registraron las menores variaciones en febrero de 2025 fueron Equipamiento y mantenimiento del hogar (1,0%) y Prendas de vestir y calzado (0,4%).

A nivel de las categorías, IPC núcleo (2,9%) lideró el incremento, seguida de Regulados (2,3%), mientras que los precios Estacionales registraron una baja de 0,8%.

Variaciones por región 

Mientras que el NEA registró la cifra más baja con el 1,9%, la Patagonia fue la que registró el número más alto, 3,2%

Por encima del total nacional también se ubicaron Cuyo (2,7%), Noroeste (2,6%) y la Región Pampeana (2,5%). Por debajo de ese nivel estuvieron el Gran Buenos Aires (2,2%) y el Noreste (1,9%).

Particularmente en el NEA hubo divisiones con expansiones superiores al total general regional, protagonizadas por Educación (11,3%), seguida por Alimentos y bebidas no alcohólicas (2,7%), Vivienda, agua, electricidad, gas y otros  combustibles (2,7%), Bienes y Servicios varios (2,5%), Comunicación (2,3%) y Salud (2,1%)

En tanto, las divisiones que mostraron subas inferiores al nivel general regional fueron Transporte (1,7%), Recreación y Cultura (1,7%), Equipamiento y mantenimiento del hogar (1,1%) y Bebidas alcohólicas y Tabaco (0,6%). 

Finalmente, dos divisiones mostraron deflación en el mes de análisis: Prendas de vestir y calzado (-0,2%) y Restaurantes y Hoteles (-0,6%).

La inflación fue de 2,2% en enero y la interanual alcanzó 85,5%

 


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