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Extienden la prohibición de despidos y el pago de doble indemnización

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El Gobierno nacional decidió prorrogar por 90 días la vigencia de la normativa que prohíbe los despidos y extender la obligatoriedad del pago de una doble indemnización para los casos de cesantía por todo el año 2021, informaron fuentes oficiales.

Los portavoces dijeron que la medida estará contenida en un decreto que está a la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

De este modo, las empresas privadas no podrán despedir empleados sin justa causa ni por razones de fuerza mayor o disminución de la demanda de trabajo, como ya está vigente.

“La medida va a oficializarse en breve”, señalaron fuentes oficiales, en referencia a una pronta publicación de la prórroga en el Boletín Oficial.

Esta extensión de la medida condice con lo dispuesto desde el comienzo de la pandemia de coronavirus y ante la intención de algunas compañías de echar personal por la retracción de la actividad.

El primer decreto rigió desde el 1° de abril, luego se dispuso una prórroga desde el 1° de junio y hubo una tercera disposición a partir del 1° de diciembre.

La medida fue resuelta por la “emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social establecida por la cuarentena obligatoria para contrarrestar” la pandemia de coronavirus.

De acuerdo con el Decreto 891/2020, publicado en el Boletín Oficial, la prohibición de despidos y suspensiones finalizaba el 29 de enero próximo, por lo que el Gobierno decidió prorrogar la medida durante la reunión de Gabinete Económico que se realizó hoy.

“La pandemia de Covid-19 ha producido una merma considerable en la actividad económica a nivel mundial de la que nuestro país no se encuentra exento, por lo cual se entiende necesario y conveniente -más allá de las particularidades de cada región-, prorrogar la normativa existente respecto de la prohibición de despidos”, había expresado el Gobierno en esa última prórroga, al medio Télam.

La prohibición de despidos fue ordenada inicialmente el 31 de marzo último, por medio del DNU 329/2020, en la primera etapa del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) dispuesto por la pandemia.

El Gobierno fundamentó entonces la prórroga de la prohibición de efectuar despidos en la puesta en marcha de una “serie de medidas que tienen como objetivo ayudar a las empresas a sobrellevar los efectos de la emergencia”.

Entre esas medidas el Gobierno incluyó la “postergación o disminución de diversas obligaciones tributarias y de la seguridad social, la asistencia mediante programas específicos de transferencias de ingresos para contribuir al pago de los salarios y la modificación de procedimientos para el acceso a estos beneficios”.

También mencionó las “garantías públicas con el fin de facilitar el acceso al crédito de micro, medianas y pequeñas empresas (MiPyMES)”.

Asimismo, el Gobierno consideró “indispensable continuar garantizando la conservación de los puestos de trabajo por un plazo razonable, en aras de preservar la paz social y que ello solo será posible si se transita la emergencia con un diálogo social en todos los niveles y no con medidas unilaterales de distracto laboral, que no serán más que una forma de agravar los problemas que el aislamiento social, preventivo y obligatorio procura remediar”.


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El gobierno de Milei despidió a 42.034 empleados públicos en catorce meses

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Según datos del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, a cargo de Federico Sturzenegger, durante los primeros catorce meses de gestión del presidente Javier Milei, un total de 42.034 empleados dejaron sus puestos en el sector público nacional.

La cifra se traduce en una reducción del 8,4% del personal estatal y constituye uno de los ajustes más profundos en la estructura administrativa del Estado argentino de las últimas décadas, consigna el portal Infobae.

La información brindada desde la cartera añade que esta reducción de personal genera un ahorro estimado de 1.635 millones de dólares anuales, lo cual es celebrado en el gobierno libertario ya que forma parte de su estrategia para “reducir el gasto público” y “avanzar hacia el equilibro de las cuentas fiscales”.

El informe detalla que de ese ahorro 817,5 millones de dólares anuales corresponden a salarios, mientras que lo restante corresponde a costos “indirectos” asociados al funcionamiento administrativo, como ser cuestiones de infraestructura, servicios, insumos y equipamiento.

Las desvinculaciones impulsadas por el gobierno abarcan tres grandes áreas del Estado: la Administración Pública Nacional (APN), las empresas estatales y el personal militar y de seguridad.

Con una reducción del 11,8% de su plantel, la APN concentró el mayor volumen de bajas, mientras que en las diferentes empresas estatales la caída fue del 15%.


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Caputo anticipó que el nuevo acuerdo con el FMI será por USD 20.000 millones

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El ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo, adelantó esta mañana que el nuevo acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) será por un total de 20.000 millones de dólares.

El anuncio, a forma de anticipo, se dio en el marco de una exposición que el funcionario estaba dando en la XXII Conferencia Anual sobre Regulación y Supervisión de Seguros de América Latina ASSAL IAIS 2025, desarrollada en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.

“El monto que nosotros acordamos con el staff que vamos a someter a aprobación del Board, ese monto es de USD 20 mil millones”, dijo Caputo.

Y agregó: “Estamos negociando también con el Banco Mundial, BID y CAF, un paquete adicional también de libre disponibilidad, siempre para reforzar las reservas del Banco Central”.

“Cuando uno ve las reservas brutas hoy y le suma lo que viene, el número va a subir al entorno a los 50 mil millones de dólares al final de la charla”, añadió el ministro, en medio de un clima de incertidumbres y presiones sobre el mercado cambiario.

En su exposición, Caputo también resaltó la “importancia” de este acuerdo para “fortalecer las reservas del Banco Central” y aseguró que la cifra final será presentada formalmente cuando el acuerdo llegue a la fase de aprobación por parte del directorio del FMI.

Diputados aprobó acuerdo con el FMI: los siete misioneros votaron a favor


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Por decreto, modifican ley de tránsito: licencia, VTV y peajes

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El Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía modernizaron la Ley de Tránsito, una normativa con casi 30 años de antigüedad. A partir de ahora, la licencia de conducir será digital y los peajes sin barreras, entre los principales cambios.

Las medidas se oficializaron este martes a través del Decreto 196/2025 publicado en el Boletín Oficial con el objetivo de “agilizar trámites administrativos y reducir costos para los conductores”, tanto particulares como profesionales; simplificar los procesos de renovación del Sistema Nacional de Licencias de Conducir; implementar la licencia nacional digital; eliminar la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI) y permitir la incorporación de peajes sin barreras.

Un factor común es que al modificar una Ley Nacional, tanto las provincias como los municipios deberán decidir si adherirse o no a la normativa para que tenga validez en sus respectivas jurisdicciones. Sin embargo, desde el Ejecutivo resaltan que con estas medidas están “generando el marco apropiado para que quienes quieran, puedan hacerlo”.

Principales cambios

A partir de ahora, la licencia nacional de conducir será digital y válida en todo el país. Para su renovación los conductores presentarán un certificado de aptitud psicofísica de manera online, cada 5 años si son menores de 65 años, cada 3 años en mayores de 65 y anualmente después de los 70 años.

Desde la Agencia Nacional de Seguridad Vial aclararon que: “Estos cambios extienden la vigencia de la licencia profesional“.

Para los casos en que la persona posea antecedentes por infracciones graves, la revalidación requerirá también la aprobación del examen teórico práctico.

A su vez, los conductores principiantes seguirán utilizando el cartel identificatorio de su condición durante los primeros 6 meses de expedida la licencia y, de incurrir en faltas graves durante los primeros 2 años, se les suspenderá la licencia.

Tanto los cursos teórico-prácticos como los exámenes de aptitud psicofísica, necesarios al momento de la obtención de la licencia, podrán realizarse en forma descentralizada por prestadores públicos y/o privados, con estándares y exigencias previamente definidos por la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Los certificados podrán presentarse de manera online, agilizando y modernizando los procesos.

Por otra parte, se eliminó la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI). Las licencias nacionales de conducir de las clases C, D y/o E (profesionales) serán válidas para el transporte interjurisdiccional de cargas y pasajeros, siempre que sean emitidas por jurisdicciones autorizadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Cambios en la VTV

Respecto de los plazos para la realización de las revisiones técnicas, en vehículos 0km de uso particular, se extiende a 5 años a partir de la fecha de patentamiento inicial. En el caso de los 0km de uso no particular, tendrán que hacer su primera revisión en el plazo que establezca la jurisdicción local, y que no podrá superar el año. En vehículos usados de uso particular con hasta 10 años de antigüedad la revisión técnica tendrá una vigencia de 2 años y en los de antigüedad mayor a 10 años la vigencia será anual.

Peajes 

Otro cambio que moderniza el sistema es la implementación en todas las rutas nacionales del país de los peajes sin barreras, que no obstaculicen el tránsito vehicular. Para ello la Dirección Nacional de Vialidad deberá establecer un cronograma de implementación que prevea que, para junio de 2027, todas las rutas nacionales deberán contar exclusivamente con sistemas de cobro free Flow.

Finalmente, la normativa incluye el concepto de “vehículo autónomo”, estableciendo los requisitos obligatorios con diferentes niveles de automatización.

Trailers y casas rodantes

A partir de ahora, trailers y casas rodantes categoría O1 (acoplados, remolques y trailers para el traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar de hasta 750 kilos), podrán ser trasladados por cualquier vehículo y bastará con tramitar un solo Certificado de Seguridad Vehicular (CSV).

Antes, había que realizar este trámite por cada vehículo para asociarlo al trailer. Esto impactará en menores costos, ahorro de tiempo para los usuarios y menor burocracia.


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