Nacionales
Fue contundente el fallo de la Corte contra el tarifazo en gas

Tras desoír todas las señales políticas adversas que le fue dando la Corte Suprema, el Gobierno nacional terminó obteniendo el peor fallo posible en relación con el tarifazo del gas. Con una sentencia unánime, el máximo tribunal anula las resoluciones del Ministerio de Energía que establecieron el nuevo cuadro tarifario y obliga a retrotraer los valores a marzo pasado, previo a los incrementos. Derribó el principal argumento oficial al establecer que, para la fijación de tarifas, la audiencia pública previa es de cumplimiento obligatorio. Aunque restringió el alcance de la medida a usuarios residenciales (a quienes les reconoció un amparo “de clase”), no cerró la vía judicial para que industrias, pymes y comercios y todos quienes no fueron alcanzados por el fallo inicien sus propios planteos. Tampoco concedió que el gas a “boca de pozo”, con precios fijados por el Estado para la producción, quede excluido de la instancia de participación ciudadana. Perfila un fallo adverso en tarifazo de luz.
En una resolución abarcativa y con varias aristas, el aumento fue anulado para todos los usuarios residenciales de todo el país, a quienes la Corte les otorgó la razón en el amparo colectivo iniciado por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS). Por su propia jurisprudencia, la Corte sólo identificó a este segmento (según cifras oficiales, un 26% de los consumidores totales de gas) como una cantidad de personas con un interés homogéneo que les permitiría acceder a un proceso colectivo. El voto conjunto de Elena Highton de Nolasco y Ricardo Lorenzetti fijó el trazo grueso al que adhirió con sus propios fundamentos Juan Carlos Maqueda. El debut de Horacio Rosatti fue a través de un extenso voto en el que desplegó otras variables de la sentencia. El desarrollo fue un compendio de la sucesión de errores e imprevisiones que el Poder Ejecutivo tuvo en materia tarifaria desde que fijó los aumentos, y también le dejó advertencias a futuro: las audiencias públicas “esenciales” no podrán tener un carácter testimonial, sino que de su resultado se desprenderá la gradualidad, uno de los requisitos previstos para los aumentos.
De alguna forma, ratificó -en esta segmentación- lo dispuesto el 7 de julio por la Cámara Federal de La Plata. Para los usuarios finales se volverá al cuadro tarifario previo al 1 de abril y no se les cobrarán retroactivos. En el caso del resto, quienes deberían pagar la nueva tarifa con retroactividad, no los comprende el fallo pero abre la posibilidad de que se multiplique la litigiosidad.
Los jueces no ingresaron a analizar todos los segmentos porque allí tenían visiones contrapuestas. Como resultado, es probable que el aumento de los costos en servicios públicos provoque un traslado a precios, en momentos en que el Gobierno se esperanzaba con un descenso de la inflación.
La Corte le dejó al Gobierno la obviedad de poder fijar la política tarifaria, pero le arrebató poder establecer de forma unilateral -sin consulta previa- el precio de ingreso al sistema de transporte de gas (PIST), es decir, lo que se les paga a los productores. Sostuvo que de acuerdo con la evolución normativa en la materia, sólo podría excluirlo de una audiencia pública si lo dejara librado al libre mercado de oferta y demanda. De otra forma, deberá incluirlo en la discusión junto con los valores de transporte y distribución.
La Corte recordó que desde 2004 fue el Estado el que, durante el kirchnerismo, fijó ese valor, algo que continuó en la administración de Mauricio Macri. “En la situación actual el Estado intervino fuertemente en la fijación del PIST y por lo tanto debe someterlo a una audiencia pública porque es una decisión que, claramente, escapa al mercado. A partir de la fijación según reglas de oferta y demanda, no será necesaria la audiencia, porque se aplica la Ley 24.078”, sostuvo. En su voto, Maqueda reafirmó este punto, que el Gobierno creía ganado cualquiera fuese el resultado, lo que le permitiría cobrar en las facturas más del 60% del valor de los aumentos, según su propio informe.
La Corte también ordenó al Gobierno mantener la tarifa social para los sectores más pobres y solicitó al Congreso nombrar al defensor del pueblo de la Nación (crucial en las audiencias), cargo vacante desde abril de 2009, cuando renunció Eduardo Mondino. No sin quejarse de fallos genéricos, la Corte también advirtió a jueces y tribunales sobre la procedencia de los amparos otorgados, en lo que pareció un mensaje para futuras aplicaciones restrictivas en cuanto a medidas de alcance general.
En el repaso de las medidas adoptadas por el Ejecutivo hubo hasta una irónica mención a las denominadas “audiencias informativas” y el subrayado sobre que si las condiciones del sistema energético eran críticas, obligaba a tener medidas “prudentes”.
Lejos de dramatizar como el oficialismo, la Corte recordó qué otras vías tiene el Gobierno para suplir lo que destinará a subsidios y deslizó que las empresas tuvieron créditos y los usuarios pagaron cargos en sus boletas destinados a infraestructura, lo que apuntó a conjurar las amenazas de las prestatarias sobre su crítica situación.
“Frente a la magnitud que representó en numerosos casos, no es posible decir que no les haya permitido tomar las debidas precauciones en el diseño razonable de sus economías respectivas”, sostuvo el Tribunal sobre el impacto económico de la medida. Rosatti, por sus fundamentos, aclaró otro de los argumentos oficiales y sostuvo que “la seguridad jurídica -requisito imprescindible para propiciar la afluencia de inversiones en materia energética- se ve necesariamente socavada tanto si se modifican injustificadamente las normas jurídicas que regulan la materia, cuanto si se alteran los presupuestos fácticos que han motivado la adopción de tales reglas”.
Nacionales
El gobierno de Milei despidió a 42.034 empleados públicos en catorce meses

Según datos del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, a cargo de Federico Sturzenegger, durante los primeros catorce meses de gestión del presidente Javier Milei, un total de 42.034 empleados dejaron sus puestos en el sector público nacional.
La cifra se traduce en una reducción del 8,4% del personal estatal y constituye uno de los ajustes más profundos en la estructura administrativa del Estado argentino de las últimas décadas, consigna el portal Infobae.
La información brindada desde la cartera añade que esta reducción de personal genera un ahorro estimado de 1.635 millones de dólares anuales, lo cual es celebrado en el gobierno libertario ya que forma parte de su estrategia para “reducir el gasto público” y “avanzar hacia el equilibro de las cuentas fiscales”.
El informe detalla que de ese ahorro 817,5 millones de dólares anuales corresponden a salarios, mientras que lo restante corresponde a costos “indirectos” asociados al funcionamiento administrativo, como ser cuestiones de infraestructura, servicios, insumos y equipamiento.
Las desvinculaciones impulsadas por el gobierno abarcan tres grandes áreas del Estado: la Administración Pública Nacional (APN), las empresas estatales y el personal militar y de seguridad.
Con una reducción del 11,8% de su plantel, la APN concentró el mayor volumen de bajas, mientras que en las diferentes empresas estatales la caída fue del 15%.
Nacionales
Caputo anticipó que el nuevo acuerdo con el FMI será por USD 20.000 millones

El ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo, adelantó esta mañana que el nuevo acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) será por un total de 20.000 millones de dólares.
El anuncio, a forma de anticipo, se dio en el marco de una exposición que el funcionario estaba dando en la XXII Conferencia Anual sobre Regulación y Supervisión de Seguros de América Latina ASSAL IAIS 2025, desarrollada en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.
“El monto que nosotros acordamos con el staff que vamos a someter a aprobación del Board, ese monto es de USD 20 mil millones”, dijo Caputo.
Y agregó: “Estamos negociando también con el Banco Mundial, BID y CAF, un paquete adicional también de libre disponibilidad, siempre para reforzar las reservas del Banco Central”.
“Cuando uno ve las reservas brutas hoy y le suma lo que viene, el número va a subir al entorno a los 50 mil millones de dólares al final de la charla”, añadió el ministro, en medio de un clima de incertidumbres y presiones sobre el mercado cambiario.
En su exposición, Caputo también resaltó la “importancia” de este acuerdo para “fortalecer las reservas del Banco Central” y aseguró que la cifra final será presentada formalmente cuando el acuerdo llegue a la fase de aprobación por parte del directorio del FMI.
Diputados aprobó acuerdo con el FMI: los siete misioneros votaron a favor
Nacionales
Por decreto, modifican ley de tránsito: licencia, VTV y peajes

El Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía modernizaron la Ley de Tránsito, una normativa con casi 30 años de antigüedad. A partir de ahora, la licencia de conducir será digital y los peajes sin barreras, entre los principales cambios.
Las medidas se oficializaron este martes a través del Decreto 196/2025 publicado en el Boletín Oficial con el objetivo de “agilizar trámites administrativos y reducir costos para los conductores”, tanto particulares como profesionales; simplificar los procesos de renovación del Sistema Nacional de Licencias de Conducir; implementar la licencia nacional digital; eliminar la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI) y permitir la incorporación de peajes sin barreras.
Un factor común es que al modificar una Ley Nacional, tanto las provincias como los municipios deberán decidir si adherirse o no a la normativa para que tenga validez en sus respectivas jurisdicciones. Sin embargo, desde el Ejecutivo resaltan que con estas medidas están “generando el marco apropiado para que quienes quieran, puedan hacerlo”.
Principales cambios
A partir de ahora, la licencia nacional de conducir será digital y válida en todo el país. Para su renovación los conductores presentarán un certificado de aptitud psicofísica de manera online, cada 5 años si son menores de 65 años, cada 3 años en mayores de 65 y anualmente después de los 70 años.
Desde la Agencia Nacional de Seguridad Vial aclararon que: “Estos cambios extienden la vigencia de la licencia profesional“.
Para los casos en que la persona posea antecedentes por infracciones graves, la revalidación requerirá también la aprobación del examen teórico práctico.
A su vez, los conductores principiantes seguirán utilizando el cartel identificatorio de su condición durante los primeros 6 meses de expedida la licencia y, de incurrir en faltas graves durante los primeros 2 años, se les suspenderá la licencia.
Tanto los cursos teórico-prácticos como los exámenes de aptitud psicofísica, necesarios al momento de la obtención de la licencia, podrán realizarse en forma descentralizada por prestadores públicos y/o privados, con estándares y exigencias previamente definidos por la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Los certificados podrán presentarse de manera online, agilizando y modernizando los procesos.
Por otra parte, se eliminó la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI). Las licencias nacionales de conducir de las clases C, D y/o E (profesionales) serán válidas para el transporte interjurisdiccional de cargas y pasajeros, siempre que sean emitidas por jurisdicciones autorizadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Cambios en la VTV
Respecto de los plazos para la realización de las revisiones técnicas, en vehículos 0km de uso particular, se extiende a 5 años a partir de la fecha de patentamiento inicial. En el caso de los 0km de uso no particular, tendrán que hacer su primera revisión en el plazo que establezca la jurisdicción local, y que no podrá superar el año. En vehículos usados de uso particular con hasta 10 años de antigüedad la revisión técnica tendrá una vigencia de 2 años y en los de antigüedad mayor a 10 años la vigencia será anual.
Peajes
Otro cambio que moderniza el sistema es la implementación en todas las rutas nacionales del país de los peajes sin barreras, que no obstaculicen el tránsito vehicular. Para ello la Dirección Nacional de Vialidad deberá establecer un cronograma de implementación que prevea que, para junio de 2027, todas las rutas nacionales deberán contar exclusivamente con sistemas de cobro free Flow.
Finalmente, la normativa incluye el concepto de “vehículo autónomo”, estableciendo los requisitos obligatorios con diferentes niveles de automatización.
Trailers y casas rodantes
A partir de ahora, trailers y casas rodantes categoría O1 (acoplados, remolques y trailers para el traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar de hasta 750 kilos), podrán ser trasladados por cualquier vehículo y bastará con tramitar un solo Certificado de Seguridad Vehicular (CSV).
Antes, había que realizar este trámite por cada vehículo para asociarlo al trailer. Esto impactará en menores costos, ahorro de tiempo para los usuarios y menor burocracia.
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