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La Corte dijó que jubilados no pagan ganancias y le dio otro golpe al gobierno

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Los jueces Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Elena Highton conformaron la mayoría para declarar inconstitucional el pago del impuesto. Carlos Rosenkrantz no acompañó la decisión, que incide potencialmente en la situación de unos 300 mil jubilados que cobran más de 62 mil pesos.

BUENOS AIRES. Por cuatro votos contra uno, la Corte Suprema de Justicia resolvió la inconstitucionalidad del pago de Ganancias para los jubilados. Los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Elena Highton de Nolasco ratificaron los fallos de primera y segunda instancia, que le habían dado la razón a la denunciante, María Isabel García.

En contra se pronunció el presidente del máximo tribunal, Carlos Rosenkrantz, quien nuevamente quedó en soledad y alineado con la postura del Gobierno Nacional. Además, los magistrados le pidieron al Congreso que elabore una ley para darle un tratamiento diferenciado a “los jubilados en condiciones de vulnerabilidad por ancianidad o enfermedad, que conjugue este factor relevante con el de la capacidad contributiva potencial”.

Si bien la Corte resolvió en este caso puntual (y el voto de la mayoría hace un señalamiento especial sobre eso), lo más probable es que la decisión tenga efectos directos sobre el resto de los jubilados que ya iniciaron reclamos ante la Justicia y que indirectamente también alcance a los demás jubilados que son afectados por el tributo pero no presentaron aún sus demandas. Deberán, en ese caso, hacer su propio planteo ante los tribunales.

El universo de potenciales jubilados alcanzados por este fallo es de unos 300.000 en todo el país. Son quienes ganan más de 62.462 pesos por mes. Según informó la ANSES, por año recauda unos 5.265 millones de pesos por este concepto.

Si finalmente se confirman los fallos de primera y segunda instancia, el Estado dejará de percibir ese ingreso anual y, además, debería pagar a quienes judicializaron el reclamo (unos 400 jubilados), el retroactivo al momento del inicio de la presentación judicial, con los intereses correspondientes.

El fallo completo

Los cuatro jueces hicieron especial hincapié en la diferencia entre los trabajadores activos, que sí pagan Ganancias en sus salarios, y aquellos trabajadores pasivos que perciben el haber jubilatorio. “Desde el punto de vista constitucional, hacer prevalecer el principio de igualdad supone reconocer que es tan injusto gravar en distinta forma a quienes tienen iguales medios como imponer la misma contribución a quienes están en desigual situación”, sostienen.

En el caso de los jubilados, subrayan los avances establecidos en la reforma constitucional de 1994 para proteger efectivamente a los “colectivos de personas en situación de vulnerabilidad” y enmarcan a los adultos mayores en ese grupo. “El envejecimiento y la discapacidad -los motivos más comunes por las que se accede al status de jubilado- son causas predisponentes o determinantes de vulnerabilidad, circunstancia que normalmente obliga a los concernidos a contar con mayores recursos para no ver comprometida seriamente su existencia y/o calidad de vida y el consecuente ejercicio de sus derechos fundamentales”, señalan Lorenzetti, Highton, Maqueda y Rosatti.

De manera implícita, los magistrados hacen referencia al tema que más sensibiliza al Gobierno: la afectación de la recaudación tributaria. “No es dable postular que el Estado actúe con una mirada humanista en ámbitos carentes de contenido económico inmediato (libertades de expresión, ambulatoria o tránsito, etc.) y sea insensible al momento de definir su política fiscal. Es que, en definitiva, el sistema tributario no puede desentenderse del resto del ordenamiento jurídico y operar como un compartimento estanco, destinado a ser autosuficiente ‘a cualquier precio’, pues ello lo dejaría al margen de las mandas constitucionales”, retrucan.

Dado que los jubilados a quienes se le cobra el impuesto a las Ganancias son un porcentaje muy minoritario del total, los jueces insisten en que “la sola capacidad contributiva como parámetro para el establecimiento de tributos a los jubilados, pensionados, retirados o subsidiados, resulta insuficiente si no se pondera la vulnerabilidad vital del colectivo concernido”.

En el caso puntual de García, los jueces aluden especialmente a las particularidades de su situación. Contaba en 2015, al presentar la demanda, con 79 años, padecía problemas de salud y los descuentos realizados en su beneficio jubilatorio oscilaron en el período marzo a mayo de 2015 entre el 29,33 por ciento y el 31,94 por ciento.

En conclusión, los cuatro jueces supremos repasan algunos casos de su propia jurisprudencia en materia de Seguridad Social, “en las que el Tribunal se ha manifestado particularmente sensible a las cuestiones que atañen al resguardo de los créditos pertenecientes a la clase pasiva”.


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El gobierno de Milei despidió a 42.034 empleados públicos en catorce meses

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Según datos del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, a cargo de Federico Sturzenegger, durante los primeros catorce meses de gestión del presidente Javier Milei, un total de 42.034 empleados dejaron sus puestos en el sector público nacional.

La cifra se traduce en una reducción del 8,4% del personal estatal y constituye uno de los ajustes más profundos en la estructura administrativa del Estado argentino de las últimas décadas, consigna el portal Infobae.

La información brindada desde la cartera añade que esta reducción de personal genera un ahorro estimado de 1.635 millones de dólares anuales, lo cual es celebrado en el gobierno libertario ya que forma parte de su estrategia para “reducir el gasto público” y “avanzar hacia el equilibro de las cuentas fiscales”.

El informe detalla que de ese ahorro 817,5 millones de dólares anuales corresponden a salarios, mientras que lo restante corresponde a costos “indirectos” asociados al funcionamiento administrativo, como ser cuestiones de infraestructura, servicios, insumos y equipamiento.

Las desvinculaciones impulsadas por el gobierno abarcan tres grandes áreas del Estado: la Administración Pública Nacional (APN), las empresas estatales y el personal militar y de seguridad.

Con una reducción del 11,8% de su plantel, la APN concentró el mayor volumen de bajas, mientras que en las diferentes empresas estatales la caída fue del 15%.


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Caputo anticipó que el nuevo acuerdo con el FMI será por USD 20.000 millones

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El ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo, adelantó esta mañana que el nuevo acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) será por un total de 20.000 millones de dólares.

El anuncio, a forma de anticipo, se dio en el marco de una exposición que el funcionario estaba dando en la XXII Conferencia Anual sobre Regulación y Supervisión de Seguros de América Latina ASSAL IAIS 2025, desarrollada en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.

“El monto que nosotros acordamos con el staff que vamos a someter a aprobación del Board, ese monto es de USD 20 mil millones”, dijo Caputo.

Y agregó: “Estamos negociando también con el Banco Mundial, BID y CAF, un paquete adicional también de libre disponibilidad, siempre para reforzar las reservas del Banco Central”.

“Cuando uno ve las reservas brutas hoy y le suma lo que viene, el número va a subir al entorno a los 50 mil millones de dólares al final de la charla”, añadió el ministro, en medio de un clima de incertidumbres y presiones sobre el mercado cambiario.

En su exposición, Caputo también resaltó la “importancia” de este acuerdo para “fortalecer las reservas del Banco Central” y aseguró que la cifra final será presentada formalmente cuando el acuerdo llegue a la fase de aprobación por parte del directorio del FMI.

Diputados aprobó acuerdo con el FMI: los siete misioneros votaron a favor


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Por decreto, modifican ley de tránsito: licencia, VTV y peajes

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El Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía modernizaron la Ley de Tránsito, una normativa con casi 30 años de antigüedad. A partir de ahora, la licencia de conducir será digital y los peajes sin barreras, entre los principales cambios.

Las medidas se oficializaron este martes a través del Decreto 196/2025 publicado en el Boletín Oficial con el objetivo de “agilizar trámites administrativos y reducir costos para los conductores”, tanto particulares como profesionales; simplificar los procesos de renovación del Sistema Nacional de Licencias de Conducir; implementar la licencia nacional digital; eliminar la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI) y permitir la incorporación de peajes sin barreras.

Un factor común es que al modificar una Ley Nacional, tanto las provincias como los municipios deberán decidir si adherirse o no a la normativa para que tenga validez en sus respectivas jurisdicciones. Sin embargo, desde el Ejecutivo resaltan que con estas medidas están “generando el marco apropiado para que quienes quieran, puedan hacerlo”.

Principales cambios

A partir de ahora, la licencia nacional de conducir será digital y válida en todo el país. Para su renovación los conductores presentarán un certificado de aptitud psicofísica de manera online, cada 5 años si son menores de 65 años, cada 3 años en mayores de 65 y anualmente después de los 70 años.

Desde la Agencia Nacional de Seguridad Vial aclararon que: “Estos cambios extienden la vigencia de la licencia profesional“.

Para los casos en que la persona posea antecedentes por infracciones graves, la revalidación requerirá también la aprobación del examen teórico práctico.

A su vez, los conductores principiantes seguirán utilizando el cartel identificatorio de su condición durante los primeros 6 meses de expedida la licencia y, de incurrir en faltas graves durante los primeros 2 años, se les suspenderá la licencia.

Tanto los cursos teórico-prácticos como los exámenes de aptitud psicofísica, necesarios al momento de la obtención de la licencia, podrán realizarse en forma descentralizada por prestadores públicos y/o privados, con estándares y exigencias previamente definidos por la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Los certificados podrán presentarse de manera online, agilizando y modernizando los procesos.

Por otra parte, se eliminó la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI). Las licencias nacionales de conducir de las clases C, D y/o E (profesionales) serán válidas para el transporte interjurisdiccional de cargas y pasajeros, siempre que sean emitidas por jurisdicciones autorizadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Cambios en la VTV

Respecto de los plazos para la realización de las revisiones técnicas, en vehículos 0km de uso particular, se extiende a 5 años a partir de la fecha de patentamiento inicial. En el caso de los 0km de uso no particular, tendrán que hacer su primera revisión en el plazo que establezca la jurisdicción local, y que no podrá superar el año. En vehículos usados de uso particular con hasta 10 años de antigüedad la revisión técnica tendrá una vigencia de 2 años y en los de antigüedad mayor a 10 años la vigencia será anual.

Peajes 

Otro cambio que moderniza el sistema es la implementación en todas las rutas nacionales del país de los peajes sin barreras, que no obstaculicen el tránsito vehicular. Para ello la Dirección Nacional de Vialidad deberá establecer un cronograma de implementación que prevea que, para junio de 2027, todas las rutas nacionales deberán contar exclusivamente con sistemas de cobro free Flow.

Finalmente, la normativa incluye el concepto de “vehículo autónomo”, estableciendo los requisitos obligatorios con diferentes niveles de automatización.

Trailers y casas rodantes

A partir de ahora, trailers y casas rodantes categoría O1 (acoplados, remolques y trailers para el traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar de hasta 750 kilos), podrán ser trasladados por cualquier vehículo y bastará con tramitar un solo Certificado de Seguridad Vehicular (CSV).

Antes, había que realizar este trámite por cada vehículo para asociarlo al trailer. Esto impactará en menores costos, ahorro de tiempo para los usuarios y menor burocracia.


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