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Procesan a Cristina Kirchner por asociación ilícita y la embargan por 10 millones de pesos

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La ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner quedó ayer procesada y embargada por 10.000 millones de pesos como supuesta integrante de una “asociación ilicita” que habría funcionado durante sus dos gobiernos y el de su fallecido marido, Néstor Kirchner, para la adjudicación de obra pública en la provincia de Santa Cruz en beneficio del empresario Lázaro Baéz.

En igual situación y con montos de embargos similares quedaron el ex ministro de Planificación, Julio De Vido; el ya detenido y procesado ex secretario de Obra Pública, José López; el ex director de Vialidad Nacional, Nelson Pierotti; el ex coordinador de la cartera de Planificación, Carlos Santiago Kirchner -primo del ex presidente Néstor Kirchner–, y el también detenido y procesado Báez.

En una extensísima resolución de 794 carillas, el juez federal Julián Ercolini consideró que los nombrados integraron “una asociación ilícita que habría funcionado al menos, entre el 8 de mayo del año 2003 y el 9 de diciembre de 2015”.

Para el magistrado “se habría verificado que los proceso licitatorios en cuestión fueron asignados a las empresas de Lázaro Báez por sumas mayores en promedio al 15 por ciento del presupuesto original”.

Al ponderar el perjuicio que ello habría ocasionado al Estado, consideró que “el monto de los contratos actualizados de las 52 obras adjudicadas a las empresas vinculadas al nombrado Báez asciende a las suma de 46.230.902.061,62 millones de pesos”.

La resolución agrega que la asociación ilícita invocada habría estado “destinada a cometer delitos para apoderarse ilegítimamente y de forma deliberada” de los fondos asignados a la obra pública vial, en principio, en la provincia de Santa Cruz.

Para el juez Ercolini, el montaje de esa asociación se habría iniciado con “la conversión formal de Báez, amigo de los nombrados Kirchner y Fernández, con el que establecieron numerosas operaciones comerciales, en empresario de la construcción”, actividad a la que era ajeno antes del 2003.

“A tal fin, pocos días antes de que Néstor Carlos Kirchner asumiera la Presidencia de la Nación, el 8 de mayo de 2003, Báez, junto con dos socios -Guido Santiago Blondeau y Sergio Leonardo Gotti- formó la firma Austral Construcciones S.A”, resume Ercolini.

“En pos de llevar adelante las maniobras del plan primigenio, el mentado ex presidente montó la estructura institucional de su gobierno con distintas personas de su confianza, quienes en su mayoría formaron parte de diferentes áreas gubernamentales de la provincia de Santa Cruz, a las que ubicó en cargos estratégicos. añadió.

“Dicha estructura fue mantenida por (la ex presidente Cristina) Fernández tras asumir la presidencia de la Nación con fecha 10 de diciembre de 2007”.

La decisión de Ercolini recayó además sobre otros seis funcionarios indagados en la causa, a los que también les adjudicó cometer el delito de “administración fraudulenta agravada por cometerse en perjuicio de la administración pública” con diversos roles dentro de los “planes delictivos” investigados.

Se trata de los ex funcionarios de vialidad y provinciales Raúl Daruich, Mauricio Collareda, Héctor Garro, Juan Carlos Villafañe, Raúl Pavesi y José Raúl Santibáñez, quienes fueron embargados por 2.500 millones de pesos cada uno.

“Se advierte un complejo entramado delictivo realizado en mas de una jurisdicción pero en donde cada uno de los intervinientes tuvo un rol concreto en razón del cargo en que fueron colocados”, remarcó el fallo.

Todos los funcionarios públicos procesados “conocían el pacto que los unía”, agregó el juez al fundamentar el procesamiento por el delito de asociación ilícita.

Para el juez, todos los nombrados “habrían perjudicado los intereses confiados al violar su deber de administrar y cuidar fielmente los bienes del Estado nacional” con el fin de “procurar un lucro indebido propio o de terceros, como por ejemplo, el del empresario Lázaro Antonio Báez”.

El eje de la investigación giró en torno a una auditoria de las actuales autoridades de Vialidad Nacional y una anterior, del 2008, de la diputada Elisa Carrió sobre supuestas irregularidades en la concesión de tramos de la ruta nacional 3 y la ruta 9 de la provincia patagónica, luego unificadas a instancias de los fiscales Gerardo Pollicita e Ignacio Mahiques,

Según la denuncia de Vialidad, “de un total de ochenta y ocho obras llevadas acabo en esa jurisdicción en el período 2004-2015, cincuenta y dos obras se contrataron con empresas relacionadas con Báez que, recordemos, devino en empresario de la construcción en el año 2003”, resaltó Ercolini en su fallo.

Durante ese período las obras se concentraron en un único grupo de empresas relacionadas con Báez: Austral Construcciones S.A., Kank y Costilla S.A. y “Sucesión Adelmo Biancalani”, con un “constante incumplimiento de los plazos de obra, y una marcada desigualdad en el plazo de pagos con relación a otras empresas contratistas con esa dirección nacional”, señala el fallo publicado por Telam.

Además, el magistrado ordenó congelar la totalidad de las cuentas bancarias de todos los procesados, salvo aquellas donde se cobren pensiones, jubilaciones o salarios y que se realice un estudio socioambiental sobre cada uno de ellos ademas de toma de huellas dactilares.
Esta es la primera causa por delitos de corrupción en la que resulta procesada la ex Presidenta, quien ya va camino a juicio oral en la investigación por la venta de dólar futuro al final de su gobierno, a cargo del juez federal Claudio Bonadio.

La decisión de Ercolini podrá ser apelada ante la Cámara Federal porteña y como en la causa hay detenidos -Báez y López- podría habilitarse la feria judicial de enero.


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Experta: “La explotación sexual infantil genera USD 150 mil millones anuales”

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Entrevistada por La Voz de la Ciudad, la titular de la ONG Red de Infancia, Paula Wachter, aseguró que la comercialización y distribución de material fotográfico y audiovisual de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes “es la segunda industria de crimen organizado de mayor crecimiento en los últimos años y genera USD 150.000.000 anuales”.

En ese sentido, afirmó que “Es moneda corriente en el mundo y Argentina no es una excepción. Detrás de las imágenes hay un negocio ilegal con el mayor crecimiento en el mundo”.

Sobre esto, profundizó: “La realidad es que hoy es mucho más redituable el tema de las imágenes, de menor peligrosidad y no necesariamente se tiene que generar un encuentro físico. Lo que hay que entender es que, haya o no encuentro físico, el daño al niño se hace igual”, sostuvo al mencionar las estrategias de obtención de estos materiales a través de las redes sociales y diferentes plataformas de distribución y captación como YouTube.

En cuanto al tráfico, existen 8,8 millones de búsquedas a través de la “web abierta”, afirmó Wachter, diferenciando a la dark web, donde se calcula que circularía la mayor cantidad de contenidos similares, de los cuales “aumentó 360% las imágenes autogeneradas de niños de entre 7 y 10 años”.

Las declaraciones las dio en el marco de la causa que involucra al diputado por Activar, Germán Kiczka, y a su hermano Sebastián, a quienes la Justicia allanó en febrero pasado y secuestró distintos dispositivos que contenían más de 603 imágenes de material de abuso sexual infantil. 

Para finalizar, resaltó que casos como el de Loan y Kiczka “Nos corren un velo, al ciudadano promedio, de una realidad atroz que se está cobrando la vida de niños, niñas y adolescentes hipotecando sus presentes y futuros”. 

Por ese motivo, subrayó la necesidad de hablar sobre la problemática y lamentó la “falta de herramientas y la inexistencia de una campaña pública permanente -en lenguaje claro- que le diga a los chicos cómo protegerse, cómo actuar y otros dirigidos a los padres para que sepan dialogar durante la crianza”, sostuvo aludiendo a una época en la que los niños y adolescentes se relacionan gran parte del tiempo en línea.

Finalmente, para reportar un caso, aconsejó no eliminar los materiales, no discutir con el agresor ni reportar en la plataforma, sino ingresar a la página del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires, que funciona con link anónimo, y mediante la Red 24/7, de fiscales, intervienen en la jurisdicción del país que corresponda. 

 


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Milei vetará la fórmula de movilidad jubilatoria sancionada por el Senado

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A través de un comunicado oficial, el presidente Javier Milei afirmó que vetará la sanción del proyecto de ley que busca aumentar jubilaciones en un 8,1%. “El Congreso Nacional en un acto de populismo demagógico, sancionó un proyecto de ley irresponsable, ilegal e inconstitucional”, argumentó. 

La iniciativa aprobada por el Senado establece una actualización mensual en base al último dato disponible del Índice de Precios al Consumidor (IPC), como el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) vigente que activó el Ejecutivo. A su vez, incorpora una compensación extra de 8,1%, dado que el Gobierno otorgó un 12,5% que no cubre el 20,6% de inflación de enero.

En el comunicado difundido por la Oficina del Presidente se argumenta que “el Congreso Nacional en un acto de populismo demagógico, sancionó un proyecto de ley irresponsable, ilegal e inconstitucional que establece gastos exorbitantes sin su correspondiente partida presupuestaria, lo que implica necesariamente que el Gobierno vuelva a caer en las viejas prácticas de la emisión monetaria, el aumento de impuestos o el endeudamiento, que son las mismas recetas que nos han llevado al fracaso durante los últimos 100 años”.

En ese sentido, se remarcó que “esta ley implica un gasto adicional del 1,2% del PBI, o lo que es lo mismo, 25% del PBI en términos dinámicos, obligando al Estado a contraer deuda que deberán pagar en el futuro los jóvenes argentinos que, gracias a medidas como ésta, hoy son mayoritariamente pobres”.

“Mientras acusan a este Gobierno de licuar a los jubilados, desde enero las jubilaciones han aumentado un 5% en términos reales mientras bajamos el gasto y destruimos la inflación”, indicó.

 

Asimismo, desde el gobierno calificaron al proyecto como “una estafa moral, un acto de demagogia populista y una irresponsabilidad fiscal. Por lo tanto será vetado por este Gobierno, el cual no tiene miedo de pagar los costos que hagan falta para sacar a este país de la decadencia en la que nos han sumergido”.

Y precisó: “Es tiempo de que la dirigencia política elija de qué lado quiere estar: del lado de los que queremos una Argentina distinta luego de décadas de fracaso, o del lado de los extorsionadores que utilizan la política para su propio beneficio personal”.

Horas antes, el vocero presidencial, Manuel Adorni, anticipaba la idea de vetar la norma al escribir en sus redes sociales: “El  equilibrio fiscal es absolutamente innegociable. Fin”.

Previamente, en su habitual conferencia de prensa, el funcionario dijo que “todo lo que vaya en contra del equilibrio fiscal y de las cuentas públicas, que es nuestra columna vertebral, se va a vetar”.

Detalles de la legislación

Si bien la recomposición extra del 8,1% es aceptada, presentan resistencia los artículos 2, 4 y 10 de la ley, los mismos que habían sido rechazados por el secretario de Hacienda, Carlos Guberman, y el titular de la ANSES, Mariano De los Heros, durante el plenario de comisiones.

Esos artículos fueron negociados, sin éxito, por el vicejefe de Gabinete, José Rolandi, ya que en el oficialismo consideran que “tienen un impacto fiscal importante en términos del Presupuesto nacional”.

El artículo 2 establece que, en marzo de cada año, se aplicará a las jubilaciones un aumento del 50% de la variación de la de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) por sobre la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior.

En el artículo 4, en tanto, fija que quienes perciben un solo beneficio (jubilación o pensión) “tendrán la garantía de un haber mínimo equivalente al costo de la canasta básica total del adulto (CBT) incrementado en un 9%”.

Finalmente, el artículo 10 establece que la ANSES “tendrá la obligación de cancelar las deudas con las cajas previsionales provinciales” y de pagar las sentencias firmes a favor de jubilados con asignaciones específicas de los recursos tributarios de ese organismo.


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Pedirán maestría o diplomatura en cannabis medicinal para inscribirse a Reprocann

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El Ministerio de Salud informó que a partir de hoy los médicos que recetan cannabis medicinal tendrán como “requisito excluyente” contar con “una diplomatura o maestría sobre el uso medicinal” de la planta para acceder al Registro del Programa Nacional de Cannabis Medicinal (Reprocann).

Así lo establece la Resolución 3132/2024 publicada este martes en el Boletín Oficial, la cual introdujo cambios en el marco normativo vigente a fin de “asegurar el acceso seguro y regulado a los tratamientos con cannabis para aquellos pacientes que lo necesiten bajo prescripción médica”.

De esta manera, la norma puso en vigencia nuevos requisitos de inscripción, detalla los rangos permitidos de plantas cultivadas por persona y solicita tener la indicación médica para el uso y sus derivados, elaborada por un profesional autorizado y haber suscrito al Consentimiento Informado Bilateral.

Las asociaciones civiles y/o fundaciones sin fines de lucro deberán acreditar “su efectiva vinculación, con un carnet o constancia emitida a los efectos de acreditar representación por la institución respecto de las personas registradas en Reprocann para las cuales cumplirá el rol de cultivador”.

El certificado en cuestión tendrá una vigencia de 3 años desde la fecha de emisión. Sin embargo, el texto aclara que “sin perjuicio de ello, las Asociaciones Civiles y/ o Fundaciones que se encuentren inscriptas en el Reprocann, deberán presentar anualmente un certificado de vigencia y/o documento equivalente, emitido por el organismo de inscripción y fiscalización jurisdiccional que corresponda; como así también, a requerimiento de la Autoridad de Aplicación, la documentación, informes y/o constancias que acrediten la consecución de los fines previstos en su objeto social y/o el cumplimiento de los requisitos y/o disposiciones que surgen de la Ley 27.350, su decreto reglamentario, resoluciones y normas complementarias, así como el cumplimiento de los requisitos mencionados anteriormente”.

Ante la falta de cumplimiento de los requisitos o por pedido de la autoridad judicial, advirtieron que el Ministerio de Salud podrá revocar o dejar sin efecto las autorizaciones o inscripciones otorgadas.

En cuanto a los rangos permitidos de cultivo, cada tercero inscripto podrá representar bajo el rol de cultivador, como máximo dos personas, ella incluida. Podrá tener entre una y nueve plantas florecidas por paciente. En tanto, la cantidad de metros cuadrados cultivados deberá ser de hasta seis m2 para cultivo interior, y hasta quince m2 para el cultivo exterior.

Finalmente, la condición de cultivo interior y exterior, será transportar entre uno y seis frascos de 30ml o hasta 40 gramos de flores secas.


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