Nacionales
Se aprobó el etiquetado frontal de alimentos y entrará en vigencia en 6 meses

Anoche, la Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley el proyecto de etiquetado frontal de alimentos, ideado para advertir a los consumidores sobre los excesos de grasas, sodio y azúcares en los productos con el fin de ayudar a combatir la obesidad, la hipertensión y los riesgos cardíacos.
La iniciativa fue aprobada con 200 votos positivos; 22 negativos y 16 abstenciones. El debate comenzó pasadas las 16 y su análisis se agotó pasadas las 23, tras la intervención de más de 70 diputados en marco de la primera reunión presencial tras la pandemia.
El proyecto advierte a consumidores sobre los excesos de componentes como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías, a partir de información clara, oportuna y veraz. Aunque falta la aprobación en senadores, todo indica que en 180 días será obligatorio para las empresas colocar el etiquetado en sus productos.
Principales objetivos de la ley:
- Promueve la prevención de la malnutrición en la población y la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles.
- Está dirigido a fabricantes, fraccionadores y envasadores que distribuyan, comercialicen o importen, que hayan puesto su marca o integren la cadena de comercialización de alimentos y bebidas analcohólicas de consumo humano, en todo el territorio de la República Argentina.
- Los alimentos y bebidas analcohólicas envasados y comercializados en la Argentina deben colocar leyendas como “Exceso en azúcares”, “Exceso en sodio”, “Exceso en grasas saturadas”, “Exceso en grasas totales”, y/o “Exceso en calorías”.
- En caso de contener edulcorantes, el envase debe llevar una leyenda precautoria, por debajo de los sellos de advertencia, con la leyenda: “Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as”.
- En caso de contener cafeína, de igual manera, el envase debe presentar una leyenda precautoria por debajo de los sellos de advertencia con la leyenda: “Contiene cafeína. Evitar en niños/as”.
- El sello adoptará la forma de octógonos de color negro con borde y letras de color blanco en mayúsculas.
- El tamaño de cada sello no será nunca inferior al 5% de la superficie de la cara principal del envase.
- No podrá estar cubierto de forma parcial o total por ningún otro elemento. En caso de que el área de la cara principal del envase sea igual o menor a 10 centímetros cuadrados y contenga más de un sello, la autoridad de aplicación determinará la forma adecuada de colocación de los sellos.
- Los valores máximos de azúcares, grasas saturadas, grasas totales y sodio establecidos deben cumplir los límites del Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud.
- Se exceptúa de la colocación de sello en la cara principal al azúcar común, aceites vegetales y frutos secos.
- Se prohíbe que los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan algún sello de advertencia incorporen en sus envases información nutricional complementaria, logos o frases con el patrocinio o avales de sociedades científicas o asociaciones civiles, personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas, etcétera.
- Se prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los alimentos y bebidas analcohólicas envasados con al menos un sello de advertencia que esté dirigida especialmente a niños, niñas y adolescentes.
- Se prohíbe resaltar declaraciones nutricionales complementarias que destaquen cualidades positivas y/o nutritivas de los productos.
- Se prohíbe incluir personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, la entrega o promesa de entrega de obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales, o cualquier otro elemento, como así también la participación o promesa de participación en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales.
- Se prohíbe la promoción o entrega a título gratuito de productos con octógonos.
- El Consejo Federal de Educación deberá promover la inclusión de actividades didácticas y de políticas que establezcan los contenidos mínimos de educación alimentaria nutricional en los establecimientos educativos de nivel inicial, primario y secundario del país.
- Los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan al menos un sello de advertencia no pueden ser ofrecidos, comercializados, publicitados, promocionados o patrocinados en los establecimientos educativos del Sistema Educativo Nacional.
- El Estado nacional priorizará las contrataciones de los alimentos y bebidas analcohólicas que no cuenten con sellos de advertencia.
- Se encomienda al Poder Ejecutivo la reformulación del texto del Código Alimentario Argentino a efectos de adecuar sus disposiciones a la presente ley.
Nacionales
El gobierno de Milei despidió a 42.034 empleados públicos en catorce meses

Según datos del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, a cargo de Federico Sturzenegger, durante los primeros catorce meses de gestión del presidente Javier Milei, un total de 42.034 empleados dejaron sus puestos en el sector público nacional.
La cifra se traduce en una reducción del 8,4% del personal estatal y constituye uno de los ajustes más profundos en la estructura administrativa del Estado argentino de las últimas décadas, consigna el portal Infobae.
La información brindada desde la cartera añade que esta reducción de personal genera un ahorro estimado de 1.635 millones de dólares anuales, lo cual es celebrado en el gobierno libertario ya que forma parte de su estrategia para “reducir el gasto público” y “avanzar hacia el equilibro de las cuentas fiscales”.
El informe detalla que de ese ahorro 817,5 millones de dólares anuales corresponden a salarios, mientras que lo restante corresponde a costos “indirectos” asociados al funcionamiento administrativo, como ser cuestiones de infraestructura, servicios, insumos y equipamiento.
Las desvinculaciones impulsadas por el gobierno abarcan tres grandes áreas del Estado: la Administración Pública Nacional (APN), las empresas estatales y el personal militar y de seguridad.
Con una reducción del 11,8% de su plantel, la APN concentró el mayor volumen de bajas, mientras que en las diferentes empresas estatales la caída fue del 15%.
Nacionales
Caputo anticipó que el nuevo acuerdo con el FMI será por USD 20.000 millones

El ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo, adelantó esta mañana que el nuevo acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) será por un total de 20.000 millones de dólares.
El anuncio, a forma de anticipo, se dio en el marco de una exposición que el funcionario estaba dando en la XXII Conferencia Anual sobre Regulación y Supervisión de Seguros de América Latina ASSAL IAIS 2025, desarrollada en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.
“El monto que nosotros acordamos con el staff que vamos a someter a aprobación del Board, ese monto es de USD 20 mil millones”, dijo Caputo.
Y agregó: “Estamos negociando también con el Banco Mundial, BID y CAF, un paquete adicional también de libre disponibilidad, siempre para reforzar las reservas del Banco Central”.
“Cuando uno ve las reservas brutas hoy y le suma lo que viene, el número va a subir al entorno a los 50 mil millones de dólares al final de la charla”, añadió el ministro, en medio de un clima de incertidumbres y presiones sobre el mercado cambiario.
En su exposición, Caputo también resaltó la “importancia” de este acuerdo para “fortalecer las reservas del Banco Central” y aseguró que la cifra final será presentada formalmente cuando el acuerdo llegue a la fase de aprobación por parte del directorio del FMI.
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Nacionales
Por decreto, modifican ley de tránsito: licencia, VTV y peajes

El Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía modernizaron la Ley de Tránsito, una normativa con casi 30 años de antigüedad. A partir de ahora, la licencia de conducir será digital y los peajes sin barreras, entre los principales cambios.
Las medidas se oficializaron este martes a través del Decreto 196/2025 publicado en el Boletín Oficial con el objetivo de “agilizar trámites administrativos y reducir costos para los conductores”, tanto particulares como profesionales; simplificar los procesos de renovación del Sistema Nacional de Licencias de Conducir; implementar la licencia nacional digital; eliminar la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI) y permitir la incorporación de peajes sin barreras.
Un factor común es que al modificar una Ley Nacional, tanto las provincias como los municipios deberán decidir si adherirse o no a la normativa para que tenga validez en sus respectivas jurisdicciones. Sin embargo, desde el Ejecutivo resaltan que con estas medidas están “generando el marco apropiado para que quienes quieran, puedan hacerlo”.
Principales cambios
A partir de ahora, la licencia nacional de conducir será digital y válida en todo el país. Para su renovación los conductores presentarán un certificado de aptitud psicofísica de manera online, cada 5 años si son menores de 65 años, cada 3 años en mayores de 65 y anualmente después de los 70 años.
Desde la Agencia Nacional de Seguridad Vial aclararon que: “Estos cambios extienden la vigencia de la licencia profesional“.
Para los casos en que la persona posea antecedentes por infracciones graves, la revalidación requerirá también la aprobación del examen teórico práctico.
A su vez, los conductores principiantes seguirán utilizando el cartel identificatorio de su condición durante los primeros 6 meses de expedida la licencia y, de incurrir en faltas graves durante los primeros 2 años, se les suspenderá la licencia.
Tanto los cursos teórico-prácticos como los exámenes de aptitud psicofísica, necesarios al momento de la obtención de la licencia, podrán realizarse en forma descentralizada por prestadores públicos y/o privados, con estándares y exigencias previamente definidos por la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Los certificados podrán presentarse de manera online, agilizando y modernizando los procesos.
Por otra parte, se eliminó la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI). Las licencias nacionales de conducir de las clases C, D y/o E (profesionales) serán válidas para el transporte interjurisdiccional de cargas y pasajeros, siempre que sean emitidas por jurisdicciones autorizadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Cambios en la VTV
Respecto de los plazos para la realización de las revisiones técnicas, en vehículos 0km de uso particular, se extiende a 5 años a partir de la fecha de patentamiento inicial. En el caso de los 0km de uso no particular, tendrán que hacer su primera revisión en el plazo que establezca la jurisdicción local, y que no podrá superar el año. En vehículos usados de uso particular con hasta 10 años de antigüedad la revisión técnica tendrá una vigencia de 2 años y en los de antigüedad mayor a 10 años la vigencia será anual.
Peajes
Otro cambio que moderniza el sistema es la implementación en todas las rutas nacionales del país de los peajes sin barreras, que no obstaculicen el tránsito vehicular. Para ello la Dirección Nacional de Vialidad deberá establecer un cronograma de implementación que prevea que, para junio de 2027, todas las rutas nacionales deberán contar exclusivamente con sistemas de cobro free Flow.
Finalmente, la normativa incluye el concepto de “vehículo autónomo”, estableciendo los requisitos obligatorios con diferentes niveles de automatización.
Trailers y casas rodantes
A partir de ahora, trailers y casas rodantes categoría O1 (acoplados, remolques y trailers para el traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar de hasta 750 kilos), podrán ser trasladados por cualquier vehículo y bastará con tramitar un solo Certificado de Seguridad Vehicular (CSV).
Antes, había que realizar este trámite por cada vehículo para asociarlo al trailer. Esto impactará en menores costos, ahorro de tiempo para los usuarios y menor burocracia.
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