Nacionales
Se viene el aguinaldo: cuándo se cobra y cuánto te corresponde
Comenzó diciembre, mes caracterizado por las fiestas y porque a los trabajadores de empresas privadas y del sector público les corresponde recibir el segundo pago del sueldo anual complementario (SAC), más conocido como aguinaldo.
Acerca de este pago suelen existir varias dudas, que van desde cuál es el monto que corresponde hasta en qué fecha se acredita. Según lo dispuesto por la Ley 27.073, el aguinaldo debe ser abonado cada año en dos cuotas: la primera con vencimiento en junio y la segunda con vencimiento en diciembre.
En el último mes del año se debe cobrar antes del día 18, que este año cae viernes (aunque el empleador cuenta con 4 días hábiles adicionales para hacer el pago).
Anteriormente, la Ley de Contrato de Trabajo preveía que el pago del aguinaldo se podía hacer efectivo hasta el 31 de diciembre. Pero hoy en día los plazos se han acotado a favor del empleado.
Cómo calcularlo
El aguinaldo se calcula como el 50% de la mayor remuneración cobrada en cada uno de los semestres. En otras palabras, en diciembre se cobra como adicional la mitad del mejor sueldo percibido en el segundo semestre del año.
En el caso de los trabajadores que tienen menos de un año de antigüedad, el aguinaldo se liquida de manera proporcional al tiempo trabajado en cada semestre.
Para estimar el cálculo del aguinaldo se puede tomar la mitad del mejor sueldo dividido por 6 y multiplicarlo por la cantidad de meses trabajados.
O también multiplicar el tiempo trabajado en el semestre por la mitad de la mayor remuneración mensual y dividir el resultado por seis. En el caso del personal de casas particulares, los empleadores deben abonar el aguinaldo durante diciembre y también se calcula tomando el 50% del mejor sueldo del último semestre.
Si la prestación de servicios es inferior a los seis meses, el aguinaldo deberá liquidarse en forma proporcional a los meses trabajados.
Por ejemplo, si se trabajó solo cuatro de los últimos seis meses, corresponderá como aguinaldo el 66,67% (cuatro meses sobre seis) del 50% del mejor sueldo de los últimos cuatro meses.
El aguinaldo en Argentina
Si bien el aguinaldo está vigente como parte del salario desde 1945, en enero de 1984 se promulgó la Ley 23.041 por la cual se estableció que el aguinaldo “será pagado sobre el cálculo del 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que culminan en junio y diciembre de cada año”.
Esta nueva manera de determinación del aguinaldo atenuó, en parte, los efectos de la alta inflación porque el cálculo quedó referido en la práctica al último mes de sueldo del semestre que generalmente es el más alto, teniendo en cuenta los aumentos salariales de carácter mensual que durante varios años acompañaron el proceso inflacionario.
Así, el decreto 1078/84, reglamentario de la citada Ley 23.041, establece que la liquidación del aguinaldo será proporcional al tiempo trabajado en cada uno de los semestres en que se devenguen (se ganen) las remuneraciones computables.
De acuerdo con lo expuesto, en los casos en que los empleados no hayan realizado actividad el semestre completo, el cálculo proporcional del aguinaldo se hará de acuerdo con la siguiente fórmula: el tiempo trabajado en el semestre multiplicado por la mitad de la mayor remuneración mensual, dividida por seis meses.
También se presentan distintos problemas a resolver al momento de liquidar el aguinaldo:
• Horas extras y comisiones: corresponde adicionar el importe de las mismas a los sueldos o jornales ganados en el mes ya que la ley se refiere a “la mayor remuneración mensual devengada”.
• Modificación de horarios por mutuo acuerdo: si el contrato de trabajo se modificase en el curso del semestre y se conviniese entre el empleador y el trabajador realizar una jornada inferior a la normal; por ejemplo, trabajar solamente medio día, corresponderá computar el mes en que se devengó la mayor remuneración sin proporcionar el tiempo de trabajo ya que la reducción de la jornada se ha operado por acuerdo mutuo de las partes.
• Retroactividades: no corresponde sumarlas al mes en que se abonan, sino prorratearlas entre los meses en que se han devengado.
• Exclusión de conceptos no remunerativos: teniendo en cuenta que el criterio de la Ley 23.041 impone calcular el aguinaldo sobre “la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto en el semestre”, deben excluirse de su base todos aquellos conceptos o rubros que, aunque se abonen conjuntamente con la remuneración, no tienen naturaleza remuneratoria o salarial. Por lo tanto, deben excluirse de la base del aguinaldo, entre otros, a los siguientes conceptos:
• Maternidad: durante el goce de la licencia por maternidad la trabajadora no percibe remuneraciones sino un subsidio familiar. Haciendo una interpretación restrictiva de la ley, no correspondería computar dicho subsidio para el cálculo del aguinaldo, por cuyo motivo, para la obtención del sueldo anual complementario habrá que determinarlo en proporción al tiempo trabajado en el semestre.
Por ejemplo: una trabajadora goza de los 90 días de maternidad desde el 1 de enero al 31 de marzo. En tal caso la proporción será: 3 meses trabajados por la mitad de la mayor remuneración, obtenida en abril, mayo y junio dividido por 6 meses.
Para el caso de que la licencia por maternidad se gozara en el segundo trimestre del año, la mayor remuneración se habrá devengado entre enero, febrero y marzo, por cuanto en el último trimestre percibió subsidio y no remuneración.
• Licencias sin goce de sueldo: no habiéndose percibido remuneraciones sobre dicho lapso, corresponderá efectuar el pago del aguinaldo solamente en proporción al tiempo trabajado.
• Beneficios sociales: asimismo, no corresponde calcular el aguinaldo sobre los beneficios sociales cuyo pago ha dispuesto abonar el empleador, por cuanto los mismos no son remunerativos, ni dinerarios, ni sustituibles en dinero, según lo aclara el artículo 103 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, modificado por Ley 24.700.
Incrementar el valor de éstos en oportunidad del aguinaldo, en la misma proporción que la reservada a los rubros salariales, asociaría el pago erróneamente a la idea de contraprestación, noción reservada sólo a la remuneración y extraña a la finalidad de un beneficio social cuyo pago sólo proviene de la decisión unilateral del empleador, con el objeto de mejorar la calidad de vida de su dependiente.
Tampoco es procedente abonar parte del aguinaldo con tickets u otros beneficios sociales, ya que ello implica confundir al concepto abonado con tales beneficios, con la remuneración “en especie”, de naturaleza no dineraria pero sí remunerativa.
Por otra parte, dichos beneficios no pueden ser utilizados como medio de cancelación de la remuneración del empleado. Nota con información de IProfesional.
Nacionales
El gobierno nacional eliminó el Procrear e implementó hipotecas divisibles
Recientemente, el vocero presidencial Manuel Adorni anunció la disolución del Fondo Fiduciario Público “Procrear”, en respuesta ante la “falta de transparencia” y “demoras en las entregas”, al mismo tiempo en que informó sobre la implementación de hipotecas divisibles para proyectos inmobiliarios en desarrollo.
El Procrear fue creado en el año 2012 por la entonces presidenta Cristina Fernández de Kirchner, con el objetivo de facilitar el acceso a la vivienda única familiar mediante créditos hipotecarios. Sin embargo, hoy el gobierno encabezado por Javier Milei firmó el decreto que elimina el programa, al considerar que el fondo “ha representado una carga significativa para las finanzas públicas, y sus operaciones no cumplieron con los objetivos de transparencia y eficiencia esperados”.
El gobernador de Buenos Aires, Axel Kicillof, fue una de las autoridades que decidió pronunciarse al respecto, recordando que: “El Procrear fue uno de los planes de crédito para vivienda más exitoso y virtuoso. Más de medio millón de familias trabajadoras, de clase media, accedió a la casa propia o a mejoras. Hoy quedan abandonadas miles de viviendas en construcción. Gobiernan solo para los que más tienen”.
Es increíble. El gobierno de Milei festeja cada vez que le quita derechos al pueblo. El PROCREAR fue uno de los planes de crédito para vivienda más exitoso y virtuoso. Más de medio millón de familias trabajadoras, de clase media, accedió a la casa propia o a mejoras. Se… pic.twitter.com/x6QSCBnRHD
— Axel Kicillof (@Kicillofok) November 12, 2024
Entre los problemas detectados por la Sindicatura General de la Nación (Sigen) se destacan demoras en la entrega de viviendas, generando costos adicionales en mantenimiento y vigilancia. Por otra parte, problemas de habitabilidad en las unidades entregadas, lo que se tradujo en reclamos constantes de los beneficiarios.
Finalmente, al listado se sumó la falta de transparencia y eficiencia, que contrasta con la necesidad de mejorar la administración pública en tiempos de recortes presupuestarios.
Detalles de la medida
El decreto enfatiza que la financiación de la construcción de viviendas es, principalmente, una actividad que debería estar en manos de instituciones financieras privadas y públicas, sin intervención estatal directa.
En este sentido, el Gobierno sostiene que, tras las reformas del Banco Central para reducir la inflación y fomentar los créditos hipotecarios, es el momento adecuado para que el Estado deje de intervenir en el sector inmobiliario.
El Ministerio de Economía será el encargado de realizar la liquidación del fondo, siguiendo las disposiciones del decreto y de los contratos existentes. Esto incluye la administración de bienes inmuebles del Procrear y la posibilidad de transferirlos a provincias, municipios y otros organismos estatales en caso de que ya no estén en uso.
Por otra parte, sugiere que los inmuebles de titularidad fiduciaria, que no cuenten con contratos vigentes, serán transferidos a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), lo que permitirá al Estado disponer de estos recursos de manera más eficiente.
Continuidad de los créditos hipotecarios
El ministerio de Economía firmará un contrato con el Banco Hipotecario para asegurar la continuidad de la gestión de los créditos bajo las mismas condiciones de retribución ya pactadas. Así, los titulares de estos créditos no verán alteradas sus condiciones de pago o financiamiento.
La disolución del Procrear marca un cambio en la política de vivienda en Argentina, buscando “redirigir los recursos hacia áreas donde el Estado pueda ser más efectivo” y donde la administración pública sea más eficiente, alineada con la Ley 27.742, que establece bases para la reforma del Estado.
Por su parte, el sector bancario e inmobiliario podría ver un aumento en la demanda de créditos hipotecarios a medida que el acceso a viviendas vuelva a depender mayormente de las instituciones financieras, según sostienen.
Procrear II: inscriben para 17 terrenos con servicios en Itaembé Guazú
Nacionales
La inflación fue de 2,7% en octubre y llegó a 107% en diez meses
En la tarde de hoy, el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) dio a conocer que el porcentaje de inflación alcanzó un 2,7% en octubre, convirtiéndose en la tasa más baja registrada en tres años. El balance anual llegó a 107%, mientras que el interanual acumula 193%.
Tras conocerse el dato de 3,5% de inflación de septiembre y ahora un 2,7% en octubre, acumulando un alza de 107% en lo que va del año, desde el gobierno nacional confían en que la cifra “caerá aún más”.
Desde el Ministerio de Economía señalaron que: “La inflación núcleo fue la menor desde septiembre de 2020, en tanto la general fue la más baja desde noviembre de 2021”. Asimismo, esta última fue un tercio de la inflación registrada en octubre de 2023 (8,3%), y la más baja para un mes de octubre desde 2017.
De esta manera, el análisis muestra que la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) nacional fue de 193%, siendo el sexto mes consecutivo de desaceleración en la comparación contra el mismo período del año anterior.
En ese sentido, desde la cartera Económica agregaron: “Para analizar la dinámica del proceso de desinflación y extraer tendencias más allá de la volatilidad de corto plazo, resulta útil analizar el comportamiento de las medias móviles de las variaciones del IPC. Tal cual viene ocurriendo desde marzo, este análisis es consistente con una profundización en el proceso de desinflación. La media móvil de 3 meses fue de 3,4% mensual, el menor registro desde enero de 2022, en tanto la de 6 meses fue de 3,9% mensual, el ritmo más bajo desde febrero de 2022”.
Rubros de mayor impacto
La división de mayor aumento en octubre fue Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 5,4% y está relacionado a las subas en alquiler y gastos conexos. Lo siguió Prendas de vestir y calzado, con 4,4% de incremento promedio.
Desde el Indec detallaron que la división que tuvo mayor incidencia fue Restaurantes y hoteles (4,3%) en las regiones GBA y Noroeste, mientras que en Noreste, Cuyo y Patagonia, fue Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles (5,4%).
Por su parte, las dos divisiones que registraron las menores variaciones en octubre de 2024 fueron Transporte (1,2%) y Alimentos y bebidas no alcohólicas (1,2%).
La inflación en septiembre fue de 3,5% y acumuló un 101,6% en el año
Nacionales
Villa Gesell: se derrumbó un edificio de diez pisos y buscan personas atrapadas
Un hotel de diez pisos se derrumbó esta madrugada en la ciudad balnearia de Villa Gesell y buscan a al menos siete personas que estarían atrapadas entre los escombros, según confirmaron bomberos que intervienen en el hecho. La Municipalidad confirmó que en el lugar había una obra clandestina que ya había sido paralizada en agosto de este año.
El hecho ocurrió alrededor de la 1 de hoy, en un inmueble situado sobre calles Buenos Aires y 1, donde funcionaba el Hotel Dubrovnik y por el momento se desconocen las causas del derrumbe.
Se calcula que el 80% de la edificación fue afectada y el jefe de bomberos local, Hugo Piriz, confirmó que se buscan entre 7 y 9 personas entre los escombros. Los desaparecidos, que ya estarían identificados, serían en su mayoría trabajadores que estaban instalando un ascensor y pernoctaban en la obra.
“El edificio tenía los planos aprobados y tenía permiso de obra para la parte delantera del edificio. Lo que se cayó fue el fondo y alrededor de diez pisos. Había cinco o seis personas habitando el lugar”, confirmó, a vez, el intendente de Villa Gesell, Gustavo Barreras, en diálogo con TN.
Los rescatistas informaron que lograron hacer contacto con una persona que se encuentra a unos 5 metros de profundidad, mientras que continúan realizando recorridas con canes entrenados para detectar la ubicación de los demás desaparecidos.
Villa Gesell es uno de los destinos predilectos de la costa atlántica argentina e incluso varios contingentes misioneros de turismo social viajan en temporada alta hacia esa localidad balnearia.
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