Judiciales
Alcoba Sciortino continuará detenido por la muerte de Mante Martínez
La Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de la provincia confirmó la prisión preventiva dictada contra Martín Esteban Alcoba Sciortino (48), detenido hace más de seis meses por el siniestro vial que le costó la vida al motociclista Sergio “Mante” Martínez (34).
De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la resolución del tribunal del alzada se firmó esta mañana, con el voto de los magistrados José Alberto López y María Ruth Dilaccio, integrantes de la Sala II de dicho organismo judicial.
En su dictamen, los camaristas resolvieron rechazar la apelación presentada por la defensa del imputado y confirmar la prisión preventiva dictada por el juez Ricardo Balor, titular del Juzgado de Instrucción Seis de Posadas, quien lleva adelante las actuaciones del caso registrado el 1 de mayo.
Entre los argumentos esgrimidos, los magistrados plantearon la existencia de riesgo procesal de fuga y de entorpecimiento de la investigación, basado en acciones previas y posteriores al hecho que ya han sido realizadas por el acusado.
Siniestro, muerte y fuga
El hecho se registró el 1° de mayo, cerca de las 6.15 de la mañana, sobre la avenida Quaranta, a la altura del acceso al Parque de la Ciudad.
La reconstrucción del caso señala que Martínez circulaba en una motocicleta Corven 110 hasta que fue embestido a alta velocidad por un Renault Fluence al mano de Alcoba Sciortino, que tras el impacto continuó su marcha hasta abandonar el rodado en inmediaciones al acceso a Itaembé Miní.
El conductor implicado se entregó ante la Justicia tres días después, luego se abstuvo de declarar ante la Justicia y unos 20 días después fue procesado con prisión preventiva.
El hombre está imputado por los delitos de “homicidio culposo no prestar asistencia a la víctima y haberse dado a la fuga”, figura contemplada por el artículo 84 bis del Código Penal, que prevé penas de entre 3 y 6 años de prisión.
Manteca o Mante Martínez era padre de dos niñas y falleció el día de su cumpleaños. Era hincha fanático de Racing Club y apasionado del fútbol, lo que lo llevó a participar de diversos torneos e integrar varios equipos, con lo cual forjó una gran número de conocidos.
Familia de Mante Martínez: “No queremos que el responsable quede libre”
Judiciales
Genesini pide la inconstitucionalidad de la Fiscalía de Ciberdelitos
Mediante una presentación ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia, Estela Genesini, en representación de la Unión de Docentes Nueva Argentina de Misiones (Udnam), promovió una acción declarativa de “inconstitucionalidad” contra la ley que creó la Fiscalía de Instrucción Especializada en Ciberdelitos señalando los artículos referidos a “noticias falsas”, la figura del investigador encubierto y la obtención de evidencias en el campo digital.
El documento lleva su firma y consta de 37 páginas en las que señala que la norma impulsada por el diputado provincial y conductor político del Frente Renovador de la Concordia, Carlos Rovira, afecta los derechos consagrados en la Constitución provincial y nacional, a los pactos de Derechos Humanos incorporados a la Constitución; a los convenios de la Organización Internacional del Trabajo y a la Ley de Asociaciones Sindicales, entre otros.
En este sentido, apunta contra el artículo 6 de la Ley XIV Nº16, al señalar que “La imposibilidad de aplicación de la norma cuestionada radica, precisamente en que no existe el delito de noticias falsas (“fake news”) legislado como tal, y que la legislatura provincial es incompetente para legislartlo como tal. De allí su patente inconstitucionalidad”.
Así también, cuestiona el artículo 10, que incorpora al Código Procesal Penal el Capítulo IX denominado “Metodologías para la Obtención de Evidencia Digital” e instituye la figura del investigador encubierto.
“Se agravia el principio de legalidad y seguridad jurídica en afectación al derecho de defensa y privacidad de las personas, en tanto se pretende legalizar la actuación de un sujeto que de manera indeterminada puede actuar hasta en delitos dependientes de instancia privada, cuando por sus especiales características debería estar revestido de la especificidad necesaria para resguardar los derechos fundamentales de las personas a no vivir bajo un estado vigilante”, señala la denuncia.
De esta manera, sostiene que la ley “mordaza”, como la denominó la oposición provincial, tiene contradicciones en materia penal para tratar la tipificación de la Justicia Correccional de Calumnias e Injurias, al señalar que el fiscal de instrucción en ciberdelitos “incurre en evidente ilegalidad al arrogarse competencia en cuestiones atinentes al Congreso de la Nación en materia de legislación penal de fondo (Art. 75, inciso 12)“.
La normativa
La ley XIV Nº16 que determina la creación de la Fiscalía de Ciberdelitos, fue aprobada en septiembre por mayoría y publicada en el Boletín Oficial Nº 16,213 el pasado 8 de octubre.
La denuncia de Genesini surge luego de que se conociera la designación del abogado Juan Pablo Espeche como titular del mencionado organismo, quien asumiría el cargo el próximo mes.
Sin embargo, su creación fue cuestionada desde los inicios por el arco opositor. Recientemente, la diputada provincial por el PRO, Miky González Coria, presentó un proyecto de ley en la Cámara de Diputados de Misiones para derogar los artículos 5, 6 y 7 de la mencionada norma.
El PRO impulsa proyecto para derogar artículos de la ley de ciberdelitos
Judiciales
Acusado de abusos contra una hijastra y una prima recibió 15 años de prisión
El Tribunal Penal Uno de Oberá condenó esta tarde a 15 años de prisión a un hombre oriundo de Aristóbulo del Valle acusado de dos hechos de abuso sexual perpetrados en perjuicio de una hijastra y de una prima, ambas menores de edad.
De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas por La Voz de Misiones, el condenado se trata de Fabián Eliseo Correa, quien fue declarado penalmente responsable por los delitos de “abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal agravado por aprovechamiento de la situación de convivencia con un menor de 18 años de edad y abuso sexual simple, todo en concurso real”.
Durante la ronda de alegatos, el fiscal David Milicich pidió 17 años de prisión como castigo para el imputado, aunque finalmente los magistrados Francisco Aguirre, Horacio Paniagua y Teresa Hedman (subrogante), se inclinaron por una pena de 15 años de encierro.
Correa llegó a esta instancia imputado en dos causas acumuladas, las dos por abuso sexual. La primera víctima fue una hijastra de 5 años, a quien abusó sexualmente mientras la madre de la niña salía de casa y la menor quedaba al cuidado del hombre.
El segundo caso se registró en el paraje Santa Rita, a comienzos de 2019, cuando el implicado se encontraba en la casa de abuela y pretendió violar a su prima, aunque la niña alcanzó a gritar para pedir ayuda e impidió que se consumara el acto.
Correa llegó a juicio privado de su libertad en la Unidad Penal VIII de Cerro Azul y allí continuará purgando la condena dictada en su contra.
Judiciales
Rechazan apelación y confirman prisión preventiva de ex policías
La Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de Misiones confirmó la prisión preventiva para los ex policías detenidos desde el 10 de octubre pasado, en un fallo que rechazó todos los argumentos de la defensa de los uniformados y ratificó la decisión del juez Fernando Verón.
Así, los ex policías Ramón Alejandro Arrieta, Iván Ezequiel Arrieta, Lisandro Ramón Canteros, Diego Hernán Correa, Ramón Oscar Amarilla, Joaquín Orrego, Adolfo Guirula y Horacio Ezequiel Elías Coutto, continuarán detenidos mientras continúa la instrucción del proceso judicial.
La decisión judicial se apoyó en la presunta participación de los detenidos en un plan de sedición y coacción agravada, para impulsar un nuevo levantamiento policial con la intención de provocar la caída de la cúpula de la institución.
Las defensas de los ex policías habían apelado la decisión del juez Verón, argumentando sobre la falta de pruebas, la violación del principio de inocencia y la desproporcionalidad de la medida.
Los jueces de la Cámara, Marisa Ruth Dilaccio y José Alberto López, desestimaron tales argumentaciones y consideraron que la prisión preventiva está justificada por la gravedad de los hechos, la posibilidad de que los imputados entorpezcan la investigación y el peligro de fuga.
En el fallo, los jueces dejaron constancia de que la prisión preventiva no viola el principio de inocencia, ya que es una medida cautelar y no una condena, y remarcaron que el proceso contra los ex policías juzga acciones que constituyen delitos de acción penal pública.
El tribunal tampoco pasó por el alto el hecho de que el 19 de septiembre pasado, la justicia provincial descubrió, merced a pericias de los celulares de los encausados, la existencia de un grupo de WhatsApp para organizar una medida de fuerza similar a la de mayo pasado, cuando efectivos retirados y en actividad bloquearon por 14 días la sede del Comando Radioeléctrico I de Posadas, sobre la avenida Uruguay.
Incluso, uno de los ex policías ahora detenido hablaba de quemar malezas para “forzar la salida de los cuarteles de bomberos de las autobombas y así, en el lugar de los hechos, llevarlas para bloquear avenidas y calles”.
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