Judiciales
Caso Antonella: para el tribunal no hubo pruebas certeras de violencia de género

Para el Tribunal Penal Uno de Posadas, en el juicio por el caso Antonella Rocío Bernhardt (27), golpeada y asesinada de un puntazo en la garganta, no se recolectaron suficientes elementos para acreditar “con alta probabilidad” que el crimen se haya cometido en un contexto de violencia de género, razón por la cual decidieron descartar la aplicación del agravante de femicidio en la sentencia dictada contra el fotógrafo Cristian Daniel Vargas (33).
“No cuento con elementos de juicio suficientes que me indiquen con una alta probabilidad que la muerte de Antonella se haya dado en este contexto (violencia de género)”, postuló la magistrada Viviana Cukla en su voto, plasmado en los fundamentos del fallo, documento al cual tuvo acceso La Voz de Misiones.
En la resolución, de 112 páginas, la jueza que presidió el debate oral que se desarrolló desde el 6 hasta el 13 de noviembre, se explayó respecto a los argumentos tenidos en cuenta por el tribunal que integra junto a los magistrados Ángel Dejesús Cardozo y Gustavo Bernie para desestimar los agravantes de femicidio y alevosía planteados por la fiscalía, calificación legal que, de haberse aplicado, pudo significarle la prisión perpetua a Vargas.
Culminado el repaso histórico de la causa, como así también la mención de todo lo producido a lo largo del juicio, incluido el alegato de las partes (querella, fiscalía y defensa), la jueza Cukla procedió a la analizar la cuestión vinculada a la acreditación del hecho y a la autoría por parte del imputado.
En ese punto, la presidenta del TP Uno consideró plenamente acreditada la autoría del crimen por parte de Vargas, describiendo que la víctima fue sofocada con maniobras de asfixia, golpeada dos veces en la cabeza y posteriormente atacada con un cuchillo monofilo mediante el cual el imputado “seccionó la tráquea causando una herida profunda”.
Para Cukla, el asesinato se produjo en el marco de un forcejeo de pocos minutos en el cual Antonella logró prestar un mínimo de defensa, aunque consideró que el desarrollo de los hechos no pudo ser determinado con certeza suficiente, a pesar del testimonio brindado por la forense Carolina Lanzos, sobre el cual el fiscal Martín Rau basó gran parte de su alegato y ahora fue contestado.
“La información aportada por la médica por sí sola no alcanza que poder efectuar una reconstrucción histórica de cómo fue la pelea y posterior muerte de Rocío Antonella, particularmente si la víctima al momento de recibir la puñalada se encontraba de pie o yacía tendida en el suelo, lo cual fue sostenido por el Sr. Fiscal”, arguyó la magistrada, razonamiento que también fue utilizado para desestimar el agravante de alevosía.
En esta primera parte de su análisis, Cukla también desestimó la versión dada por Vargas respecto al supuesto acto de sexo oral y posterior video con el cual la víctima habría querido extorsionarlo y, en esa misma línea, descartó que haya sido Antonella quien manipulaba el cuchillo al momento del hecho.

Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y Gustavo Bernie, los jueces del Tribunal Penal Uno. Foto: Gentileza Marcos Otaño.
Agravantes descartados, los argumentos del TP Uno
Zanjada estas cuestiones, llegó el momento de la controversia basada en la calificación legal, tópico que se transformó en el eje de la discusión, más aún después de aquel 13 de noviembre en el que el tribunal decidió condenar a Vargas a 20 años de prisión por el delito de homicidio simple.
La parte resolutiva de la sentencia leída ese día en el SUM del Palacio de Justicia conllevaba un spoiler: para el tribunal el crimen de Antonella no configuró un femicidio y en los fundamentos comunicados hoy enumeran los razonamientos efectuados para llegar a tal conclusión.
Al ahondar en este punto, Cukla volvió a realizar un repaso de la causa, principalmente a lo vinculado respecto a los idas y vueltas que tuvo la calificación legal de la causa ya durante la etapa de instrucción, con constantes apelaciones y oposiciones de las partes.
A partir de allí, se adentró en lo registrado pura y exclusivamente en el debate, recordando el contenido de los alegatos desarrollados por el fiscal Rau, por el abogado particular Mauricio Vergara como querellante particular y por el defensor oficial Mario Ramírez.
“Se deben descartar las demás agravantes pretendidas por la acusación -querella y fiscalía- por no encontrarse reunidos los presupuestos exigidos en términos procesales o probatorios, en tanto no supera el estado de duda razonable (respecto al femicidio) como tampoco reúne las condiciones exigidas a nivel normativo (sobre alevosía)”, adelantó la jueza líneas después.
Desde esa base, desmenuzó la definición legal de la figura penal de femicidio (contemplado en el artículo 80, inciso 11) y sostuvo que la principal dificultad radica en determinar qué circunstancias constituyen o no violencia de género.
A continuación, postuló que las circunstancias del hecho valoradas por las partes en sus alegatos “no tienen el peso probatorio para determinar con un alto grado de probabilidad, que la muerte violenta de Rocío Antonella se produjo mediando violencia de género”.
Cukla recordó que el fiscal Rau planteó que la violencia de género en el caso Antonella estaba dado en virtud de su estado de vulnerabilidad ante una realidad económica apremiante, lo cual ubicó a Vargas en una situación de poder sobre ella ya que le ofreció trabajo.
La magistrada, en cambio, argumentó que entre la víctima y Vargas existía un “acuerdo limitado a lo laboral” vinculado a la venta de servicios de fotografías en escuelas de Posadas, cuestión que “no nos permite inferir que se configuraba una circunstancia de desigualdad entre los mismos, de discriminación o de dominación basada en esta circunstancia”.
En líneas siguientes, la jueza dejó fuera de dudas que “Vargas causó violentamente la muerte a Rocío Antonella Bernhardt”, pero volvió a plantear la discusión suscitada en si las circunstancias del hecho cumplen con el estipulado de “mediare violencia de género” que contempla el agravante de femicidio.
“Inferir que existió un contexto de violencia de género a partir de datos acreditados que, por sí mismos no revelan violencia de género, como por ejemplo un acuerdo laboral, o que Rocio Antonella buscaba trabajo, además de ser incompatible con uno de los principios básicos del derecho procesal penal, conforman simples conjeturas -no objetivas- que no tienen anclaje en los elementos de juicio producidos en la causa”, expresó.

El fiscal Martín Rau había pedido perpetua por homicidio doblemente calificado por femicidio y alevosía. Foto: Gentileza Marcos Otaño.
Tampoco consideró Cukla que la gravedad de las lesiones o las diferencias de fuerza y tamaño sean elementos suficientes para acreditar la violencia de género.
“Entiendo que no es suficiente establecer que existe femicidio cuando un hombre mata violentamente a una mujer, entre los cuales había diferencias de fuerza y tamaño. Sino, de lo contrario, no podríamos hablar de femicidio cuando un hombre pequeño mata a una mujer más grande corporalmente, a pesar de haber mediado violencia de género”, agregó.
También reflexionó que “en las condiciones probatorias que se encuentra la causa, me encuentro en una situación en la cual, si bien, no descarto que no hayan existido elementos que conviertan la muerte violenta de Rocío Antonella Bernhardt en un femicidio, pero al mismo tiempo sostengo ‘no se trata de una cuestión de fe’. Por lo tanto, atento a la instancia procesal en la que nos encontramos, debo decir que no cuento con elementos de juicio suficientes que me indiquen con una alta probabilidad que la muerte de Antonella se haya dado en este contexto (violencia de género)”.
E insistió: “Nuevamente considero necesario resaltar que para la configuración del femicidio, no es suficiente que el sujeto activo sea hombre y la víctima una mujer, sino que debemos tener por acreditado con un alto grado de probabilidad a través de constancias comprobadas de la causa, de que la muerte de la mujer se produjo en un contexto de violencia de género”.
Y, como cierre, a esta cuestión en particular, apuntó: “Por demás, quiero dejar a salvo mi criterio en cuanto entiendo que las reglas de valoración de las pruebas, no puede ceder ante la presión social o mediática, sino que debe estar ceñido a las reglas que rigen a un razonamiento objetivo de la prueba, de acuerdo a la lógica y a la sana crítica racional”.
Ya a lo último de la resolución, la magistrada del TP Uno también explicó por qué desestimaron el agravante de alevosía solicitado por fiscal Rau y allí regresó sobre el testimonio vertido por la forense Lanzos, al cual calificó como insuficiente para reconstruir la mecánica del hecho.
En consecuencia, consideró que no se puede dar por acreditado que la víctima haya sido atacada en estado de indefensión, más aún al recordar que Antonella registraba lesiones defensivas.
En base a estas argumentaciones, Cukla consideró que no quedaba más que subsumir el hecho en un homicidio simple y aplicar a Vargas la pena de 20 años de prisión.
Tanto el magistrado Dejesús Cardozo como Gustavo Bernie adhirieron al voto efectuado por Cukla y solamente el primero de ellos planteó una disidencia respecto al monto de pena aplicar, ya que consideró que la condena correspondiente era de 25 años de cárcel.
Conocida estas consideraciones, las partes tendrán la posibilidad de recurrir la sentencia para que sea revisada en instancias superiores, por lo cual la discusión podría continuar abierta.
Judiciales
Pedro Puerta declarará por escrito en el juicio contra los Kiczka

El diputado provincial de Activar, Pedro Puerta, notificó que declarará por escrito en el juicio contra su ex compañero de banca Germán Kiczka, proceso al cual fue convocado en calidad de testigo por la fiscalía.
El empresario yerbatero hará usos de sus facultades como legislador y declarará por escrito, evitando así comparecer en forma presencial al debate oral que desde el lunes se lleva adelante contra su ex socio político y su hermano Sebastián Kiczka (47).
La decisión fue notificada hoy, a través de un escrito dirigido a los integrantes del Tribunal Penal Uno de Posadas, conformado por los magistrados Gustavo Bernie, Viviana Cukla y César Yaya.
De esta manera, ahora las partes deberán confeccionar un documento con las preguntas que consideren pertinentes al caso y ese cuestionario llegará a manos de Puerta para que responda.
En declaraciones a la prensa, los fiscales Martín Rau y Vladimir Glinka indicaron que la citación del hijo del ex gobernador Ramón Puerta como testigo se sostenía en “una serie de mensajes con algunos de los imputados”.
Fiscales del caso Kiczka: “Demostraremos que hay una conducta criminal grave”
Judiciales
“Soy inocente” y “aún soy diputado”: la declaración completa de Germán Kiczka

Tal como lo dispuso el Tribunal Penal Uno de Posadas, ayer a la tarde se difundió la grabación de los testimonios brindados ayer por los hermanos Germán (44) y Sebastián Kiczka (47), quienes enfrentan juicio oral desde por delitos de tenencia, facilitación y distribución de archivos Masi.
El material fue publicado en la misma cuenta de Youtube a través de la cual se transmitió en vivo el inicio del juicio, aunque la audiencia del martes, en la que ambos imputados declararon, se realizó a puertas cerradas, modalidad aplicada en juicios sobre casos que traten delitos contra la integridad sexual.
Si bien ya se conocía que Sebastián admitió su responsabilidad en los hechos e incluso se disculpó con su hermano y que Germán se declaró inocente, con la grabación hecha pública se pueden extraer sus declaraciones textuales.
El primero en pasar ante el estrado de los jueces Gustavo Bernie, Viviana Cukla y César Yaya, fue el mayor de los hermanos, quien formalmente se abstuvo de prestar declaración indagatoria y solo se limitó a hacer a una “aclaración” en la cual admitió su responsabilidad en la causa.
“Quiero aclarar que yo presenté una carta en diciembre donde explica que la computadora Acer que estaba en mi casa era yo quien la utilizada”, fueron sus primeras palabras, para luego dirigir la mirada hacia su hermano y lanzar: “Quiero aprovechar, por enésima vez, para pedirle disculpas a mi hermano por meterlo en este embrollo”.
“Germán, disculpá loco”, le expresó con voz temblorosa.
Y antes de volver a su asiento, reiteró: “Yo soy responsable de la Acer, solo yo usaba”.
La Acer a la que Sebastián hizo referencia es la notebook incautada en la casa del barrio Illía que compartía con su padre y en la cual se hallaron más de 600 archivos con contenido Masi.
Para la fiscal Silvia Barronis, que investigó el caso y solicitó la elevación a juicio del expediente, esa Acer era propiedad del hasta ese entonces diputado provincial Germán Kiczka dado que no solo que tenía cargado sus datos de usuario, sino que también registraba movimientos recientes como, por ejemplo, el pago de boletas de servicios, entre otras evidencias.
“Sigo siendo diputado”
Germán, por su parte, se desliga de ella y así lo reiteró ayer, cuando fue su turno de pasar a declarar ante los jueces del TP Uno.
“Voy a ver ser muy breve”, avisó el imputado al sentarse frente a ellos. “Me declaro total y absolutamente inocente de todos los cargos. Acá, bajo juramento, declaro que jamás en mi vida busque, investigué, descargué, me interesó y mucho menos compartí material de pornografía infantil”, añadió.
Y afirmó: “En todos los dispositivos electrónicos utilizados por mí no hay nada y mire que me allanaron señor juez. En mi casa, en mi oficina en la cigarrerra, en mi oficina en la Legislatura, en la casa de mis suegros”.
A partir de ahí, volvió a considerarse víctima de una persecución política: “Quiero declarar que esto sí es una persecución política, lo fue siempre y desde un principio. El gobierno sabe que destruyéndome a mí, destruye a mi partido y destruye a la única fuerza opositora real de la provincia”.
“Fui el único diputado de 40 que, en repetidas veces, me opuse a leyes nefastas que el gobierno provincial quería implementar en detrimento de la provincia”, aseveró y casi a modo de respuesta a lo expuesto por el fiscal Vladimir Glinka en su alegato de apertura sostuvo: “Si uno analiza las leyes a las que hago referencia se va a dar cuenta que no es necesario ser Mandela para ser un perseguido político”.
También se despachó contra los integrantes de la Legislatura provincial, a quienes acusó de haberlo expulsado “inconstitucionalmente”.
“La Cámara se apresuró en expulsarme a pesar de que yo ya había renunciado a mis fueros, mostrando mi colaboración, mi apertura con la Justicia”, consideró.
Y culminó: “Me expulsaron de manera inconstitucional y sin siquiera darme la posibilidad de defensa. Por eso yo aún me siento y aún soy diputado de la provincia de Misiones”.
Siguen las testimoniales
El juicio oral continuó hoy con la declaración de dos testigos, entre ellos los policías que intervinieron en las detenciones de los hermanos, y la incorporación por lectura de otras seis testimoniales.
En el debate participan los fiscales Martín Rau y Vladimir Glinka, mientras que los imputados son defendidos por Gonzalo De Paula, por Germán Kiczka, y Eduardo Paredes, por Sebastián.
FOTO: Marcos Otaño.
Autorizaron difundir la grabación del testimonio de los hermanos Kiczka
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Autorizaron difundir la grabación del testimonio de los hermanos Kiczka

El Tribunal Penal Uno de Posadas autorizó la difusión de las declaraciones indagatorias de Germán (44) y Sebastián Kiczka (47), efectuadas en una audiencia a puertas cerradas desarrollada ayer en el marco de la segunda jornada del juicio oral que se sigue contra ambos imputados por tenencia, facilitación y distribución de archivos Masi.
La resolución fue adoptada este miércoles por los magistrados Gustavo Bernie, Viviana Cukla y César Yaya, por lo cual la grabación de las declaraciones serán publicadas en las próximas horas en la misma cuenta de Youtube donde el lunes se transmitió en vivo la primera jornada de debate.
Según adelantaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, las grabaciones contarán con un mínimo de edición, principalmente en aquellas partes donde los imputados mencionen nombres de posibles víctimas o revelen detalles de mucha sensibilidad.
La medida busca transparentar el proceso, cumplir con el principio de publicidad y dar visibilidad de lo ocurrido en la audiencia de instancia privada que se desarrolló ayer y de la que solo fueron parte los imputados, los jueces, los fiscales y los abogados defensores.
Las jornadas a puertas cerradas se extenderán hasta el último día previsto para la recepción de declaraciones testimoniales, modalidad aplicable a todos los casos que traten sobre delitos de índole sexual como forma de resguardar la intimidad y la dignidad de las personas afectadas en los hechos investigados.
La palabra de los Kiczka
El segundo día del debate oral contra los hermanos Kiczka estuvo marcado por las declaraciones dadas por ambos implicados.
Al momento de comparecer ante el estrado de los jueces y sin responder preguntas de las partes, el ex diputado provincial Germán Kiczka se declaró inocente, se desligó de los archivos Masi que le atribuyen e insistió que en la causa consiste en una “persecución política” por su rol de legislador opositor al gobierno provincial.
A su turno, Sebastián Kiczka asumió su responsabilidad en los hechos, admitió haber descargado archivos Masi a través de la herramienta Emule y a su hermano le pidió perdón “por haberlo comprometido” en la causa.
El debate oral continuará se reanudará mañana con la declaración de casi una decena de testigos y las jornadas se extenderán hasta el 16 de abril, fecha prevista para la realización de los alegatos finales y el dictado de sentencia.
FOTO PRINCIPAL: Marcos Otaño.
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