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Liberaron a detenido tras denuncia de rapto en Garupá

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El hombre de 56 años detenido el jueves a la noche tras la denuncia por un presunto rapto registrado un día antes en Garupá, recuperó la libertad y quedó supeditado a la causa mientras se aguarda el resultado de múltiples exámenes periciales tendientes a corroborar la vinculación de los elementos secuestrados con la descripción de los hechos narrados por la denunciante.

La decisión fue tomada por el magistrado Miguel Mattos, titular del Juzgado de Instrucción Siete, que de forma preventiva además le impuso al liberado una restricción de acercamiento hacia a la denunciante.

El hecho comenzó a ser investigado el jueves, luego de que un vecino del barrio Ñu Porá se acercó a la comisaría Quinta para exponer que su hija adolescente había sido raptada un día antes y que luego de ello la trasladaron en un vehículo utilitario hacia un galpón que no supo identificar, donde fue acostada en una camilla y le extrajeron muestras de sangre.

Con la denuncia sobre la mesa, efectivos de la División Investigaciones de la Unidad Regional X de la Policía comenzó a investigar el hecho y bajo la lupa quedó un hombre de 56 años, propietario de una sala velatoria del mismo barrio.

Los agentes lo detuvieron mientras circulaba en vehículo utilitario modelo Fiat Doblo y luego allanaron tanto la casa de sepelios como su vivienda, incautando una gran cantidad de elementos, aunque todo lo hallado se correspondería a las labores realizadas en su empresa familiar.

De igual manera, la Justicia dispuso la continuidad de una serie de exámenes correspondientes que puedan aportar mayor claridad y obtener alguna vinculación entre los elementos incautados y el hecho investigado. Mientras tanto, el sospechoso recuperó la libertad.


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Cámara Federal revoca amparo de funcionarios despedidos de la EBY

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La Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, rechazó el amparo de funcionarios desvinculados de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY), tras el recambio de gobierno y la asunción de la nueva plana ejecutiva de la empresa hidroeléctrica argentino–paraguaya.

En un fallo firmado ayer, la Cámara revocó lo resuelto en primera instancia por el juez Correccional y de Menores, César Jiménez, a comienzos de mayo, que dio lugar al amparo interpuesto por un grupo de 22 funcionarios despedidos, y ordenaba su inmediata reincorporación a la EBY.

Tras la apelación de la binacional, el recurso se elevó a la Cámara Federal, que rechazó una a una todas las incidencias planteadas por los demandantes y le dio la razón a la EBY.

El amparo estaba impulsado por Carlos Nahuel Ifrán, que se desempeñaba en el área de Prensa y Comunicación de la Entidad, y entre el grupo se destacaba Efraín Fernando Samudio, ex jefe del Departamento de Obras Complementarias (DOC) y pareja de la ex diputada nacional kirchnerista, Cristina Brítez; además de los ex funcionarios Gastón Alejandro Douton, Lorenzo Darío Martos, Lionel José Dahir, Paula Sánchez, Víctor Hugo Méndez, Gustavo Aníbal Charón, Paula Jimena Simonte, Sebastián Elizathe, Sergio René Roko, José Gabriel Stevenson, Cynthia Verónica Citadini Pirelli, Adrián Marcelo Bellone, Diego Rodolfo Sesnic, Adriel Rodrigo Padin, Diego Hernán Sánchez, Natalia Laura García, Regina Larregui, Santiago Uriarte, María Verónica Muriel, y María Victoria Cazarre.

En la medida cautelar, el grupo de ex funcionarios alegaba figuras jurídicas como el “peligro en la demora”, que refiere al interés por disipar un temor de daño inminente; los “recaudos de admisibilidad” o el “derecho a litigar sin costos”, y el denominado “derecho alimentario”, que refiere a las garantías para la propia supervivencia.

Sobre este último punto, la Cámara dictaminó que la sentencia del juzgado de primera instancia, “resulta arbitraria, constituyendo ello otro agravio de esta parte; pues los actores tienen a su disposición en sus cuentas bancarias denunciadas oportunamente ante la EBY las indemnizaciones correspondientes a su despido ajustado a derecho, indemnizaciones que cumplen cabalmente con la cuestión alimentaria introducida por el A quo”.

El fallo agrega que “los actores cuentan con sumas equivalentes a varios meses de sueldo, según antigüedad y demás particularidades de cada caso, lo cual echa por tierra la cuestión alimentaria invocada como sustento de  la medida cautelar dictada”.

Finalmente, la Cámara “advierte la clara inexistencia de los presupuestos procesales necesarios, no solo para el otorgamiento de las cautelares genéricas, sino también el incumplimiento de los recaudos específicos exigidos por la Ley 26.854, máxime teniéndose presente que la misma ha sido dispuesta inaudita parte y sin informe previo, todo lo cual debió extremar los recaudos de admisibilidad, – previstos por los arts. 13 v 14 de la norma para conceder la cautelar innovativa en crisis”.

Hasta abril, la EBY había despedido a más de 100 funcionarios de sus tres sedes: Posadas, Ituzaingó y Buenos Aires, la mayoría de planta permanente, y todos ingresados a partir de enero de 2019, tras la asunción de Alberto Fernández.

Estancieros correntinos

La medida cautelar rechazada el lunes por la Cámara Federal, es uno de los varios amparos contra la EBY de quienes fueron desvinculados tras el cambio de administración, entre los que aparecen los promovidos por dos estancieros correntinos, familiares del ex senador del Partido Justicialista (PJ), empresario de medios y ganadero de la vecina provincia, José Rodolfo Martínez Llano.

Se trata de Aitor Zugasti y Juan Delio Martínez Llano, que revestían como funcionarios de la EBY en la categoría A6 y fueron despedidos el 11 y 15 de abril pasados, a través de las resoluciones 27.325 y 27.353, respectivamente.

Ambos, son sobrinos del político y ganadero correntino y en la acción contra la Entidad, que se tramita en el Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Posadas, están representados por su tío.

El recurso del abogado Martínez Llano, se fundamenta en términos muy parecidos a los alegados por el grupo de funcionarios cuyo amparo fue rechazado por las camaristas Mirta Delia Tyden, Ana Lía Cáceres de Mengoni y Verónica Susana Zapata.

Martínez Llano, presenta la documentación por la cual sus sobrinos fueron nombrados en la planta permanente de la EBY, en 2019 y 2022, firmadas por los directores ejecutivos de la entidad de entonces, tanto de la margen argentina como paraguaya.

Asimismo, solicita la inconstitucionalidad de la normativa aplicada, derogue las resoluciones contra sus parientes, ordene la reincorporación de ambos en sus puestos y el pago de los salarios caídos desde que fueron despedidos.

Entre sus alegatos, el político correntino apela también al “derecho alimentario”, y señala que sus sobrinos se encuentran desempleados, en una “situación de extrema necesidad personal y familiar”.

Sin embargo, en el escrito de 44 páginas, Martínez Llano declara como domicilio de sus sobrinos la estancia “El Cármen del Itaembé”, ubicada apenas pasando el Arco que marca el límite provincial, ya en territorio correntino, y que tiene a ambos como parte de la administración.

El establecimiento posee miles de hectáreas y comparte la cría de ganado bovino y porcino, y de caballos cuarto de milla, con la actividad turística, con paseos guiados por un bosque de azahares muy comentado por visitantes que dejaron sus impresiones en internet.

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Imputaron por homicidio a los dos detenidos por el caso Rivero en Iguazú

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Rivero Iguazú

Los dos detenidos por el caso Jorge Omar Rivero (29) se abstuvieron de declarar esta mañana ante la Justicia y fueron imputados por el delito de homicidio simple, figura que prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión.

De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas por La Voz de Misiones, tanto Esteban “Kiriri” A. (19) como Santiago S. (23) fueron trasladados esta mañana hacia el Juzgado de Instrucción Tres de Puerto Iguazú y al momento de comparecer ante el magistrado Martín Brites optaron por guardar silencio.

En la misma audiencia, fueron notificados de los elementos de prueba recolectados hasta el momento y ambos fueron imputados por el delito de “homicidio simple”, aunque Kiriri bajo la figura de autor y su consorte de causa como encubridor.

De esta manera, ambos continuarán detenidos mientras el expediente continúa en instrucción.

De desaparición a homicidio

El hecho se encuentra bajo pesquisa desde el 20 de junio, cuando una hermana de Rivero acudió a la comisaría Segunda de Iguazú para denunciar que su familiar estaba desaparecido desde el 15 de noviembre pasado.

En la misma presentación, la mujer dio cuenta de “testigo” el cual se acercó a ella para contarle que su hermano había sido golpeado y arrojado a un pozo.

En base a esos elementos, efectivos de la Unidad Regional V, con autorización del juez Brites, activaron una serie de medidas tendientes a comprobar la tesis planteada.

Fue así que entre el jueves y viernes agentes de la División Rescates Complejos se abocaron a vaciar el sindicado pozo y tras escarbar unos 12 metros finalmente dieron con restos esqueléticos sueltos y otros tantos envueltos en una media sombra.

El material encontrado fue enviado a la Morgue Judicial donde además se constató que entre los restos óseos había un DNI a nombre de Rivero, elemento con el cual los investigadores se animan a confirmar su identidad, aunque de igual manera avanzarán en los correspondientes cotejos genéticos para obtener la certificación científica necesaria para este tipo de casos.

Debido al deterioro sufrido, los médicos forenses no pudieron obtener conclusiones determinantes en cuanto a la causal de muerte. Sí pudieron detectar una fractura de cráneo, aunque no se pudo establecer si fue producto de una agresión en vida o tras ser arrojado a la cavidad.

En la morgue también se obtuvo otro dato clave y es que junto al cadáver envuelto en media sombra había una piedra de grandes dimensiones, la cual habría sido utilizada para impedir que el cuerpo flotara.

Bajo este panorama, los dos detenidos serán trasladados mañana ante el juez Brites y tendrán la posibilidad de brindar su versión de los hechos o bien abstenerse de declarar, tal como los ampara su derecho y sin que ese silencio signifique presunción de culpabilidad alguna.


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Amarilla y Palaveccino se abstuvieron de declarar por la protesta policial

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protesta policial

Los policías retirados Ramón Amarilla (57) y Germán Palaveccino (46), delegados” de la protesta policial realizada en mayo, se abstuvieron de declarar al momento de comparecer ante la Justicia en el marco de la causa que investiga los episodios registrados durante los 12 días de conflicto.

Tal como estaba previsto en el cronograma de indagatorias trazado por el Juzgado de Instrucción Seis de Posadas, los uniformados retirados se presentaron esta mañana ante el magistrado Ricardo Balor y una vez en la audiencia decidieron abstenerse de declarar por recomendación del abogado defensor conjunto que designaron.

“Hasta que él se interiorice bien de la causa nos ha propuesto esta situación, de abstenernos. Nosotros siempre nos hemos puesto a disposición de la Justicia. Esta situación que ha pasado es solamente un reclamo salarial que se ha hecho”, señaló Amarilla a la salida del juzgado.

Las indagatorias a los uniformados identificados como participantes de la protesta que se prolongó desde el 17 hasta el 29 de mayo frente al Comando Radioeléctrico de Posadas comenzó el jueves de la semana pasada y se extenderá hasta el 8 de julio.

Con Amarilla y Palaveccino, hasta el momento ya comparecieron ante la Justicia seis de los 15 uniformados citados inicialmente.

Los implicados están acusados de formar parte de un conjunto de agentes, tanto policiales como penitenciarios, activos y retirados, que mediante el uso de medidas de fuerzas que tienen prohibidas por el propio reglamente disciplinario policial ejercieron acciones coercitivas para exigir mejoras salariales al gobierno provincial.

Desde el punto de vista judicial, estos hechos podrían traducirse en imputaciones por delitos que van desde sedición, que prevé penas de hasta seis años de prisión, hasta hurto, incumplimiento de los deberes de funcionario público, peculado y coacción agravada.

Según la acusación, durante la protesta los uniformados no prestaron servicios de manera adecuada, usurparon oficinas públicas, sustrajeron y utilizaron móviles para uso particular, como así también otras herramientas de trabajo como armas de fuego, chalecos antibalas, escudos, etcétera.

En la causa intervienen el juez Balor y el titular de la Fiscalía de Instrucción Seis, René Casals.


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