Política
El gobierno cede y acuerda 100 cambios en proyecto de Ley Ómnibus

Luego de advertir que no negociaría el paquete de reformas que se discute desde hace dos semanas en el Congreso, el gobierno de Javier Milei reculó y aceptó modificar 100 artículos del proyecto conocido como Ley Ómnibus.
Entre los puntos sobresalientes de las modificaciones al texto original del proyecto de ley enviado al Congreso el 27 de diciembre, figuran acotar los superpoderes solicitados por Milei, la eliminación de retenciones a todas las economías regionales y la eliminación de YPF de la lista de empresas públicas sujetas a privatización.
La Casa Rosada le hizo llegar este viernes al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, un borrador con las modificaciones negociadas con la oposición legislativa más amigable con el gobierno, en sintonía con los reclamos que los gobernadores le hicieron al ministro del Interior, Guillermo Francos.
Como contrapartida, el bloque de Unión por la Patria (UxP) adelantó su rechazo al proyecto, independientemente de las modificaciones aceptadas por el gobierno, y convocó a apoyar el paro y la movilización convocado por la CGT para el próximo lunes 24, que promete ser masiva con la participación de las otras centrales obreras, organizaciones sociales y partidos de izquierda.
En el borrador de la Casa Rosada, no fue incluida el capítulo referente a la reforma previsional, aunque en el entorno del ministro Francos se aseguró que el tema sigue en discusión y no se descarta que se incorporé al texto que el gobierno espera poder convertir en ley la semana próxima.
Las modificaciones
Título I – Emergencia
Se limita el plazo de vigencia de la emergencia de 4 años (2+2) a 2 años (1 año + 1 año prorrogable por el Poder Ejecutivo).
Eliminación de emergencia de Defensa, Social y Sanitaria.
Se eliminan y revisa redacción de algunas bases de delegación a partir de sugerencias realizadas.
Título II – Reorganización administrativa
Se limita el ámbito de aplicación solo al Sector Público incluido en el Art 8 de la 24.156. Se elimina a las entidades con participación concurrente minoritaria del ámbito de aplicación.
FGS. Se establece como requisito que el Poder Ejecutivo Nacional para poder liquidar dichos activos (luego de ser transferidos) deberá contar con un dictamen previo favorable de la Comisión Bicameral de Reforma del Estado y del Seguimiento de las Privatizaciones establecida en la Ley 23.696.
Pesca
Se mantiene la obligación de desembarcar en Argentina.
Se aclara que el sistema de licitaciones no va a ser internacional.
Se mantienen los requisitos actuales con respecto a la tripulación local.
Hidrocarburos
Inclusión de la aclaración “Nacional o Provincial, según corresponda” para evitar cualquier duda sobre competencias de las Provincias en la materia, en todo el articulado.
Compatibilización con los principios del art. 3° de la ley 26.741.
Eliminación de la mención a “empresas estatales” y la obligación de vender al “export parity”.
Condicionamiento del derecho a exportar sujeto a (i) los requisitos habituales vinculados al acceso de los recursos técnicamente probados; y (ii) que la objeción en caso de ocurrir por parte de la Secretaría de Energía esté fundada por motivos técnica o económicamente en la seguridad del suministro.
Establecimiento de requisitos para la solicitud de reconversión de convencional a no convencional: conforme plazos que fije el Poder Ejecutivo, y se extiende por 10 años desde el vencimiento del plazo original. Posibilidad de extender por otros 10 años adicionales en función de amortización de inversiones.
Límite máximo de hasta 10 años para plazos más extensos que los fijados por la ley. En ningún caso, la concesión puede ser fijada a perpetuidad.
Respeto de los plazos establecidos por el marco legal existente a la fecha de aprobación de esta ley en las concesiones de explotación y concesiones de transporte otorgadas con anterioridad.
Se mantiene la Facultad de las provincias de controlar el plan de inversiones (No se derogan el Art 32 y 33).
Establecimiento de un régimen de autorizaciones de transporte de Hidrocarburos, con libre acceso.
Establecimiento de un régimen de habilitación para el procesamiento de hidrocarburos.
Regulación de la actividad de almacenaje de hidrocarburos bajo régimen de autorizaciones.
Mantenimiento del Pliego Modelo elaborado en forma conjunta por las Provincias y la Secretaría de Energía de la Nación.
Se mejora redacción y precisión del inciso de Fondos Fiduciarios y de afectación especifica. Se elimina la delegación con respecto a los servicios periféricos.
Se incluye en la delegación del marco normativo del sistema de contrataciones públicas los principios del Decreto 1023, la regla de licitación pública y la referencia a estándares de transparencia.
Se elimina YPF del listado de empresas a privatizar. Se incluye el procedimiento de informar a la Comisión Bicameral creada en la Ley 23.696.
Se agrega inciso c) con el fin de aumentar el control del Estado ante la posible privatización de Nucleoeléctrica Argentina.
Se mantiene como obligatoria la tenencia por parte del Estado de una acción con derecho a veto con respecto al cierre de actividad de nucleoeléctrica.
Se aclara que las unidades de auditoría interna van a ser nombradas y removidas por la SIGEN para evitar relación jerárquica entre controlante y controlado.
Se mantienen los requisitos actuales para el Síndico General de la Nación en 8 años (Se elimina Art 22).
Se mantienen los requisitos actuales para la Oficina Anticorrupción (Se elimina Art 24).
Se extiende el alcance de las prohibiciones para la función pública a todos los empleados públicos. Se incluye en las prohibiciones de la función pública la de permitir la colocación o utilización de símbolos partidarios o electorales en edificios, vehículos y muebles públicos.
Se aclara que la intervención de la SIGEN y Procuración es en forma previa a los acuerdos transaccionales y no en la reglamentación.
Se acota el alcance de las facultades para la renegociación y rescisión de contratos (Art 33).
Título III – Reorganización Económica
Se elimina Capítulo de Ley de sociedades.
Régimen de Regularización.
Se agrega la exclusión a convivientes.
Limitar en sujetos excluidos a las personas que son funcionarios o fueron hasta hace 5 años.
Se incorpora cláusula para que los no residentes no pueden regularizar bienes a nombre de terceros.
Bienes personales
Se incluye beneficio a contribuyentes cumplidores (Art 187). Reducción de alícuota por tres años.
Derecho de Exportación (Continuación)
Ajuste del canon por precio del barril.
Ajuste del canon anual por barriles.
Causal de nulidad de cualquier adjudicación de permisos o concesiones al vencimiento de los plazos originales sin mediar una licitación pública y abierta.
Biocombustibles
Se fijó un plazo de 18 años para que las mezclas con combustibles fósiles sean producidas en instalaciones situadas en la República Argentina, utilizando materias primas nacionales.
Se fija un régimen de % obligatorios en volumen.
Para biodiesel, establecimiento de un cronograma de cortes o mezclas obligatorias de biodiesel, en % en volumen progresivos en aumento hasta el año 2026. A partir del 12,5% y no antes de 3 años de la Ley, se propondrá al Congreso aumentos progresivos de porcentaje de mezcla o corte obligatorio hasta alcanzar el 15%. En la zona patagónica el porcentaje de mezcla o corte será del 10% hasta tanto se solucionen cuestiones técnicas y/o de infraestructura.
Para bioetanol, establecimiento del 12% en volumen como porcentaje de mezcla obligatorio. Durante los primeros dos (2) años, se podrá disponer un incremento hasta el 15%. A partir del 15% y no antes de 3 años de la entrada en vigencia, se propondrá al Congreso aumentos progresivos de porcentaje de mezcla o corte obligatorio hasta alcanzar un porcentaje entre el 18 y el 27%.
Cuando la mezcla o corte obligatorio supere el 15% para el biodiesel o el 18% para el bioetanol, las empresas que produzcan y/o destilen hidrocarburos estarán autorizadas a participar en las licitaciones previstas en el régimen únicamente en el volumen excedente a los porcentajes de mezcla o corte antes mencionados. En ningún caso, la participación de las empresas que produzcan y/o destilen hidrocarburos podrá ser superior al 15% del volumen excedente.
La autoridad de aplicación puede exceptuar los % señalados únicamente en caso de escasez general y comprobada de materia prima.
Régimen único de licitaciones transparentes, de acceso público para la determinación de volúmenes y precios en el abastecimiento de biocombustibles.
Para biodiesel, límite de adjudicación máxima del 14% por empresa, de su capacidad instalada registrada, y respeto de la relación entre la producción real propia y a façón, y la capacidad instalada del conjunto de empresas que producen materia prima (empresas integradas), sea igual a la del conjunto de las restantes empresas elaboradoras.
Para bioetanol, límite de adjudicación de su capacidad instalada registrada. Hasta el 31 de diciembre de 2030, para el bioetanol a base de caña de azúcar se respetará el volumen anual promedio del período 2021 – 2023. Efecto: se asegura un volumen de bioetanol de caña hasta 2030 en base a lo entregado en los últimos años; pueden tener más volumen si por precio les corresponde en la licitación.
Para bioetanol y biodiesel, en el caso de que los precios adjudicados superen los precios internacionales de importación, los vendedores de biocombustibles deberán vender al precio de importación vigente en cada momento.
No se deroga la exención de los biocombustibles del impuesto a los combustibles líquidos y al impuesto al carbono.
Energía Eléctrica
Aclaración en las bases de delegación del mantenimiento en la cuestión tarifaria de los principios tarifarios de las leyes 24.065 y 24.076.
Fondos Fiduciarios
Aclaración que los beneficios previstos en el art. 75 de la ley 25.565 y la ley 27.637 (Zona Fría) estarán comprendidos en la reasignación de subsidios a realizar conforme el DNU 70/23.
Transición Energética
Inclusión de las provincias en las mesas técnicas de trabajo para el diseño del modo de asignación de derechos de emisión y la implementación del modo para establecer los límites de derechos de emisión anuales.
Legislación ambiental
Reconocimiento expreso del acuerdo de las provincias para la legislación ambiental armonizada.
ley omnibus-modificacionesPolítica
Desde la cárcel de Cerro Azul, Ramón Amarilla anunció su candidatura

El ex policía Ramón Amarilla, detenido y acusado por “intento de sedición y conspiración”, confirmó esta tarde su candidatura a diputado provincial en las elecciones que se realizarán el domingo 8 de junio en Misiones, que había adelantado el legislador del PRO Misiones, Miguel Núñez, la semana pasada en un video de redes sociales.
Este lunes, en otro posteo de Instagram, Núñez presentó al ex policía que lideró el piquete del año pasado en la avenida Uruguay, como cabeza de lista del partido Por La Vida y los Valores, que preside el dirigente liberal Walter Ríos, uno de los 10 espacios anotados para la convocatoria electoral provincial.
Primero, subió un flyer con la imagen de Amarilla y el anuncio; y, un rato después, posteó una carta manuscrita del ex policía detenido, donde éste confirma que será candidato en junio por el partido de Ríos.
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Carta
“Pueblo misionero, me dirijo a ustedes desde la Unidad Penal VIII, Cerro Azul, de la provincia de Misiones”, arranca la carta del ex uniformado.
“Hoy, hace 210 días que me encuentro privado de mi libertad injustamente”, escribe Amarilla y anuncia: “Por tal motivo, con todo el respeto que se merecen, les digo que tuve que tomar una decisión muy importante, que el de presentarme como candidato a 1er diputado provincial por el partido político ‘Por la Vida y los Valores’”.
“No ha sido fácil, mis colegas detenidos en otras unidades penales, como mi familia, estamos sufriendo tanta injusticia, como la que venimos viviendo todos los trabajadores, policías, penitenciarios, docentes, personal de salud, los empleados públicos, judiciales”, denuncia.
Argumenta que todo ello “hizo que tomara este camino de postularme, más la última movilización de los productores”.
“Soy un trabajador más, luchador, que no llegamos a fin de mes con los magros salarios”, afirma Amarilla y convoca: “Les pido que me den la oportunidad de representarlos y que ya no tengamos que estar en la calle reclamando un salario digno, una obra social acéfala, que se respeten nuestros derechos humanos e individuales; nuestros derechos a poder manifestar nuestras ideas sin ser perseguidos”.
“Las urnas en junio 2025 darán una oportunidad al pueblo misionero. Vamos hacia algo nuevo”, escribe Amarilla y remata: “Nosotros somos la verdadera opción”.
Política
Ranking de gobernadores: Passalacqua pasó del 1° al 8° puesto en un año

El mandatario misionero, Hugo Passalacqua, pasó del primer lugar al octavo en el ranking de gobernadores, de abril de 2024 al mismo período de 2025, según los resultados del último informe elaborado por CB Consultora.
De esta manera, su aprobación pasó del 64,5% en 2024 a un 56,8% en abril de 2025, lo que representa una pérdida de más de 5 puntos porcentuales a lo largo de un año.
Según los datos recopilados por la misma consultora, en abril de 2024 los tres gobernadores mejor valorados fueron: Hugo Passalacqua (Misiones) con 64,5% de imagen positiva, en segundo lugar Gustavo Valdés (Corrientes) 64,2% y cerró el podio Osvaldo Jaldo (Tucumán) con 62,9%.
Mientras que, ese año, los peores calificados fueron Ricardo Quintela (La Rioja) con 41,5%, seguido por Axel Kicillof (provincia de Buenos Aires) con 41,7% y Alberto Weretilneck (Río Negro) 42,2%.
Para abril de 2025 el panorama cambió y ahora los tres gobernadores mejor valorados son: Maximiliano Pullaro (Santa Fe), quien lidera la tabla con un 61,9% de imagen positiva, seguido por Ignacio Torres (Chubut) 61% y Leandro Zdero (Chaco) 60,7%.
En tanto, los gobernadores peor calificados son: Ricardo Quintela (La Rioja) con un 41,8% de imagen positiva, seguido por Alberto Weretilneck (Río Negro) 42,1%, y Axel Kicillof (Provincia de Buenos Aires) 43,0%.
Por su parte, Passalacqua quedó en octavo lugar con 56,8% de imagen positiva y 40,9% negativa.
La ficha técnica de este último ranking Interprovincial de Gobernadores indica que se realizó sobre la base de un muestreo de 17.994 casos, con un promedio de 629 – 898 por provincia. A su vez, el trabajo de campo fue del 1 al 4 de abril, con un promedio de error de +/- 4 a 5%.

Ranking de gobernadores. Abril 2025.
Sectores en crisis en los últimos 12 meses
El retroceso se da en un contexto de crisis económica que, particularmente en Misiones, se vio reflejada en el sector productivo de la yerba mate y el educativo, quienes vienen desarrollando protestas, acampes, cortes de ruta, entre otras medidas desde hace casi dos meses en reclamo de un mejor precio por la materia prima y recomposiciones salariales, respectivamente.
Cabe recordar que en mayo pasado la provincia se vio marcada por una fuerte protesta policial que se emplazó sobre la avenida Uruguay de Posadas, frente al Comando Radioeléctrico y, con el correr de los días, sumó el acompañamiento de los empleados de salud, docentes, guardaparques entre otros sectores que vieron allí un espacio para visibilizar reclamos similares.
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Política
García Mansilla renunció a la Corte Suprema luego del rechazo del Senado

Tras el rechazo de su pliego en el Senado y la medida cautelar del juez federal Alejo Ramos Padilla que le prohibía participar de resoluciones de la Corte Suprema, el abogado y académico Manuel García Mansilla, renunció este lunes al máximo tribunal, donde había sido designado en comisión por un decreto del presidente Javier Milei.
García Mansilla, que había jurado como cortesano el pasado 27 de febrero, envió al presidente una extensa carta de renuncia donde plantea las razones por las que decidió aceptar su nombramiento en comisión, la dificultad institucional de una Corte Suprema de solo tres miembros, la demora del Senado en tratar los pliegos, y la validez de la decisión de la designación por decreto presidencial.
La carta
“Me dirijo a Usted a fin de presentar la renuncia indeclinable al cargo de juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para el que fui nombrado, en comisión, por el decreto 137 del 26 de febrero de 2025”, arranca el ahora ex juez la carta dirigida al presidente Milei.
“Acepté ese nombramiento con la convicción de que la falta de integración de la Corte Suprema era un grave problema institucional que requería una solución urgente”, argumenta en el párrafo siguiente y señala: “Es francamente sorprendente que, a pesar de la importancia y del peso que tiene cada juez en un tribunal con una integración tan reducida, se hubiera naturalizado la existencia de una vacante sin cubrir durante un lapso tan prolongado”.
“Existen quienes creen de manera errónea que la Corte Suprema puede funcionar con solo tres jueces. Esto es, lisa y llanamente, un espejismo institucional que puede causar un daño incluso mayor que el que ya ha causado la demora en integrar el Tribunal”, afirma García Mansilla.
“Al momento de aceptar el nombramiento en comisión, consideré que debía asumir la responsabilidad de colaborar con la inmediata solución a ese grave problema. Mantener un tribunal incompleto, con un riesgo evidente de parálisis, habría sido rehuir de lo que considero una obligación para cualquier abogado”, fundamenta.
“Valoré también que, en mi caso, el nombramiento en comisión era constitucional, ya que se ajustaba estrictamente a cada una de las condiciones de validez que exige el art. 99, inc. 19, de la Constitución Nacional para que Usted pudiera ejercer esa atribución”, explica.
En otro tramo del escrito, García Mansilla niega haber dicho en la audiencia pública del Senado que jamás aceptaría ser nombrado en comisión por decreto del Poder Ejecutivo, y acusa: “Mediante un recorte intencionalmente tergiversado de lo que contesté en ese momento, intentaron adjudicarme el haber dicho que jamás aceptaría un nombramiento en comisión en la Corte Suprema, sin importar el contexto de ese nombramiento”.
“Eso es falso”, remarca y agrega: “Nunca afirmé que no aceptaría en ningún caso, o bajo ningún punto de vista, un nombramiento en comisión como juez de la Corte”.
Finalmente, el ahora ex juez de la Corte, agradece a Milei por “la oportunidad que me diera de poder servir a mis conciudadanos” y señala que “mi permanencia en el cargo no va a facilitar la integración de la Corte Suprema, sino todo lo contrario: será una excusa más para distraer la atención de aquellos que tienen que aportar una urgente solución a un problema que ya es de larga data”.
Renuncia CSJN - MJGM (07.04.2025)-
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