Cargando...
La Justicia de Misiones decretó la quiebra indirecta de Linor SRL, la firma maderera que en mayo pasado cerró su planta en Azara y dejó a unos 130 trabajadores sin empleo. La resolución ordena incautar los bienes de la empresa, bloquear sus cuentas bancarias y avanzar en la determinación de las deudas laborales pendientes.
La sentencia fue dictada el 15 de septiembre por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 8 de Posadas, a cargo de la jueza Adriana Beatriz Fiori. La medida se conoció este viernes a través del Boletín Oficial de Misiones y responde al incumplimiento de un acuerdo preventivo homologado durante el concurso de acreedores.
Con la declaración de quiebra, la administración y disposición del patrimonio de la firma quedan sujetas al proceso judicial y a la intervención de la sindicatura, que deberá reunir los bienes y la documentación necesarios para avanzar con el procedimiento.
Entre las medidas ordenadas, el juzgado dispuso la entrega de los inmuebles, las instalaciones industriales, las maquinarias, los vehículos y los registros comerciales, laborales, contables e impositivos de Linor a la sindicatura.
La resolución contempla el uso de la fuerza pública para concretar la incautación, así como la colocación de fajas de clausura y la realización de allanamientos si fueran necesarios. También establece la inhibición general de bienes de la empresa y la indisponibilidad de sus cuentas bancarias, depósitos y valores.
Además, la firma y sus administradores fueron intimados a entregar los registros y la documentación requerida dentro de las 48 horas previstas en la sentencia. La resolución también impide que se efectúen pagos a la empresa o se le entreguen bienes al margen de las disposiciones del proceso concursal.
Las medidas se producen luego de que, durante el conflicto por el cierre de la planta, los trabajadores realizaran una vigilia en el establecimiento ante el temor de que el retiro de maquinaria y otros elementos redujera las posibilidades de recuperar las sumas que les adeudaban.
La resolución judicial también alcanza a Juan Carlos Lorenzo, socio gerente de Linor SRL, sobre quien se dispuso la prohibición de salir del país hasta que la sindicatura presente su informe general.
Para hacer efectiva la medida, el juzgado ordenó notificar a los organismos correspondientes, entre ellos la Dirección Nacional de Migraciones y las fuerzas de seguridad.
Lorenzo y los representantes de la firma, además, deberán colaborar con la Justicia y aportar la información necesaria para el desarrollo del proceso.
La Justicia de Misiones decretó la quiebra indirecta de Linor SRL, la firma maderera que en mayo pasado cerró su planta en Azara y dejó a unos 130 trabajadores sin empleo. La resolución ordena incautar los bienes de la empresa, bloquear sus cuentas bancarias y avanzar en la determinación de las deudas laborales pendientes.
La sentencia fue dictada el 15 de septiembre por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 8 de Posadas, a cargo de la jueza Adriana Beatriz Fiori. La medida se conoció este viernes a través del Boletín Oficial de Misiones y responde al incumplimiento de un acuerdo preventivo homologado durante el concurso de acreedores.
Con la declaración de quiebra, la administración y disposición del patrimonio de la firma quedan sujetas al proceso judicial y a la intervención de la sindicatura, que deberá reunir los bienes y la documentación necesarios para avanzar con el procedimiento.
Entre las medidas ordenadas, el juzgado dispuso la entrega de los inmuebles, las instalaciones industriales, las maquinarias, los vehículos y los registros comerciales, laborales, contables e impositivos de Linor a la sindicatura.
La resolución contempla el uso de la fuerza pública para concretar la incautación, así como la colocación de fajas de clausura y la realización de allanamientos si fueran necesarios. También establece la inhibición general de bienes de la empresa y la indisponibilidad de sus cuentas bancarias, depósitos y valores.
Además, la firma y sus administradores fueron intimados a entregar los registros y la documentación requerida dentro de las 48 horas previstas en la sentencia. La resolución también impide que se efectúen pagos a la empresa o se le entreguen bienes al margen de las disposiciones del proceso concursal.
Las medidas se producen luego de que, durante el conflicto por el cierre de la planta, los trabajadores realizaran una vigilia en el establecimiento ante el temor de que el retiro de maquinaria y otros elementos redujera las posibilidades de recuperar las sumas que les adeudaban.
La resolución judicial también alcanza a Juan Carlos Lorenzo, socio gerente de Linor SRL, sobre quien se dispuso la prohibición de salir del país hasta que la sindicatura presente su informe general.
Para hacer efectiva la medida, el juzgado ordenó notificar a los organismos correspondientes, entre ellos la Dirección Nacional de Migraciones y las fuerzas de seguridad.
Lorenzo y los representantes de la firma, además, deberán colaborar con la Justicia y aportar la información necesaria para el desarrollo del proceso.
Uno de los puntos centrales de la resolución es la situación de los aproximadamente 130 empleados que quedaron sin trabajo cuando el aserradero dejó de funcionar en mayo. El juzgado ordenó elaborar un informe individualizado para determinar las obligaciones laborales pendientes con cada uno.
El relevamiento deberá incluir las fechas de ingreso y desvinculación, los salarios adeudados, las indemnizaciones correspondientes y la clasificación de los créditos según las prioridades establecidas por la legislación concursal.
La sindicatura tendrá un plazo de 30 días, contado desde la incautación de los libros laborales o la revisión de los expedientes pertinentes, para presentar ese informe.
En cuanto a los acreedores que ya habían obtenido el reconocimiento de sus créditos durante el concurso preventivo, no será necesario que repitan el trámite, aunque deberán actualizarse los saldos. Otros acreedores, incluidos quienes tengan créditos originados durante determinadas etapas del proceso, deberán solicitar su verificación dentro de los plazos establecidos judicialmente.
La declaración de quiebra no implica que los trabajadores vayan a cobrar de inmediato. La posibilidad de recuperar los salarios e indemnizaciones reclamados dependerá de la determinación de las deudas y de los bienes y recursos disponibles para responder por ellas.
El desenlace judicial se produjo después de varios meses de dificultades financieras y conflictos laborales en una de las industrias madereras de Azara, dedicada principalmente a la fabricación de pallets.
La situación de Linor se había agravado durante 2025, en medio de deudas y problemas para sostener sus obligaciones. En mayo de este año, la empresa comunicó el cese de actividades y dejó a unos 130 trabajadores sin empleo.
Tras el cierre, los empleados y el Sindicato de Obreros de la Industria Maderera reclamaron el pago de salarios atrasados e indemnizaciones, mientras buscaban preservar las maquinarias y otros bienes que permanecían en el establecimiento.
Con la quiebra indirecta, el patrimonio de la firma queda bajo la órbita del proceso judicial. Mientras la sindicatura deberá determinar las deudas y administrar los bienes alcanzados por la resolución, los exempleados continúan a la espera de una definición sobre los montos que podrán recuperar.
Uno de los puntos centrales de la resolución es la situación de los aproximadamente 130 empleados que quedaron sin trabajo cuando el aserradero dejó de funcionar en mayo. El juzgado ordenó elaborar un informe individualizado para determinar las obligaciones laborales pendientes con cada uno.
El relevamiento deberá incluir las fechas de ingreso y desvinculación, los salarios adeudados, las indemnizaciones correspondientes y la clasificación de los créditos según las prioridades establecidas por la legislación concursal.
La sindicatura tendrá un plazo de 30 días, contado desde la incautación de los libros laborales o la revisión de los expedientes pertinentes, para presentar ese informe.
En cuanto a los acreedores que ya habían obtenido el reconocimiento de sus créditos durante el concurso preventivo, no será necesario que repitan el trámite, aunque deberán actualizarse los saldos. Otros acreedores, incluidos quienes tengan créditos originados durante determinadas etapas del proceso, deberán solicitar su verificación dentro de los plazos establecidos judicialmente.
La declaración de quiebra no implica que los trabajadores vayan a cobrar de inmediato. La posibilidad de recuperar los salarios e indemnizaciones reclamados dependerá de la determinación de las deudas y de los bienes y recursos disponibles para responder por ellas.
El desenlace judicial se produjo después de varios meses de dificultades financieras y conflictos laborales en una de las industrias madereras de Azara, dedicada principalmente a la fabricación de pallets.
La situación de Linor se había agravado durante 2025, en medio de deudas y problemas para sostener sus obligaciones. En mayo de este año, la empresa comunicó el cese de actividades y dejó a unos 130 trabajadores sin empleo.
Tras el cierre, los empleados y el Sindicato de Obreros de la Industria Maderera reclamaron el pago de salarios atrasados e indemnizaciones, mientras buscaban preservar las maquinarias y otros bienes que permanecían en el establecimiento.
Con la quiebra indirecta, el patrimonio de la firma queda bajo la órbita del proceso judicial. Mientras la sindicatura deberá determinar las deudas y administrar los bienes alcanzados por la resolución, los exempleados continúan a la espera de una definición sobre los montos que podrán recuperar.