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Con once votos afirmativos, el Honorable Concejo Deliberante (HCD) de Posadas aprobó la ordenanza que prohíbe las actividades informales de “cuidado, vigilancia, lavado, limpieza, acomodamiento, reserva de espacios o cualquier otra conducta análoga, respecto de vehículos en circulación o estacionados en la vía pública” en todo el ejido de la ciudad, independientemente de que quienes ejerzan la función exijan o no un pago.
Al momento de la votación en la sesión ordinaria de este jueves, el dictamen que emitió la Comisión de Legislación para prohibir la actividad de los denominados "trapitos" en la capital recibió el voto negativo de las concejales Samira Almirón, Malena Mazal y Laura Traid, del bloque Posadas en Movimiento, espacio alineado con la gestión del gobernador Hugo Passalacqua.
La ordenanza estableció que el Ejecutivo deberá habilitar canales para que los posadeños puedan denunciar el ejercicio de las actividades ahora prohibidas, de forma presencial, telefónica o digital, todos los días, durante las 24 horas.
Al recibir una denuncia, los funcionarios municipales designados para hacer cumplir la legislación deberán presentarse en el sitio indicado e informar sobre la prohibición de la actividad a la persona que la esté realizando, intimándola al cese inmediato de la acción.
En caso de que la persona involucrada se resista a cumplir la ordenanza, el funcionario a cargo del procedimiento podrá requerir la intervención de “las fuerzas públicas” -Policía de Misiones- a fin de garantizar el cumplimiento de la norma.
En tanto, el inspector municipal deberá documentar la infracción mediante “fotografías, registros audiovisuales, cámaras corporales o municipales, manifestaciones voluntarias de conductores o terceros y cualquier otro medio de prueba legalmente admisible”.
Quienes realicen tareas de cuidado informal de vehículos o limpieza de vidrios en semáforos y otros puntos de la ciudad podrán recibir sanciones que contemplen trabajos de utilidad pública o asistencia a actividades educativas, como medidas sustitutivas o complementarias, según lo determine el Juzgado Municipal de Faltas.
Por otra parte, la ordenanza faculta al Ejecutivo municipal, a través de la Oficina de Empleo y otras áreas competentes, a promover programas de capacitación, formación en oficios e inserción laboral destinados a las personas alcanzadas por la normativa, con el objetivo de facilitar su acceso a alternativas de empleo formal.
También el Ejecutivo deberá arbitrar los medios necesarios para que las personas alcanzadas por la ordenanza que atraviesen situaciones de consumo problemático o adicciones puedan acceder a dispositivos de orientación, asistencia y tratamiento a través de los organismos competentes, en concordancia con lo establecido en la Ordenanza XII – N.º 66.
Como autoridad de aplicación de la norma se designó a la Secretaría de Movilidad Urbana de Posadas, a cargo del ingeniero Lucas Jardín.
La entrada en vigencia de la ordenanza dependerá de la decisión del intendente Leonardo “Lalo” Stelatto de promulgarla o vetarla. Su promulgación deberá publicarse en el Boletín Oficial Municipal.